Es responsabilidad del pasajero verificar la información de documentos requeridos para viajar. En caso de perder el vuelo por no presentar los documentos requeridos por las autoridades migratorias, Viva no se responsabilizará por la pérdida del vuelo y todo aquello que se derive de esta situación.
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Al ingresar al país las autoridades migratorias verificarán que el pasajero:
- Tenga los documentos requeridos para ingresar al país. (Es responsabilidad de cada pasajero verificar los documentos requeridos por cada país dependiendo de su nacionalidad).
- Tenga un pasaje de salida de territorio colombiano
- Que la estadía en el país no supere los 90 días continuos o discontinuos en un periodo máximo de un año, en caso de ser así contar con los permisos necesarios
Pasajeros venezolanos viajando a Colombia
El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia mediante la Resolución Número 0872 del 05 de Marzo de 2019 resuelve que:
- Los nacionales venezolanos podrán ingresar, transitar y salir del territorio colombiano, presentando el pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela aun cuando se encuentre vencido.
- El pasaporte de los nacionales venezolanos que se encuentre vencido o que esté próximo a vencer, podrá ser utilizado para ingresar, transitar y salir del territorio colombiano, durante los diez (10) años siguientes, contados a partir de la fecha de vencimiento del pasaporte.
- Contar con tiquete de salida del país.
*Tener todos los documentos requeridos es importante para evitar ser inadmitido en Colombia. Verifica aquí las causales de inadmisión.
Al ingresar al país las autoridades migratorias verificarán que el pasajero:
- Tenga los documentos requeridos para ingresar al país (es responsabilidad de cada pasajero verificar los documentos requeridos por cada país dependiendo de su nacionalidad).
- El documento de viaje presentado (pasaporte o documento nacional de identidad, si es aceptado) debe tener validez mínima de seis meses, contados desde la fecha de llegada
- Tenga un pasaje de salida del territorio peruano (excepto para ciudadanos o residentes peruanos)
- Que la estadía en el país no supere los 90 días continuos o discontinuos en un periodo máximo de un año, en caso de ser así contar con los permisos necesarios.
- Para viajeros ingresando al Perú es necesario portar pasaporte. Este debe tener mínimo seis meses de vigencia desde el ingreso de la persona al país.
Pasajeros venezolanos viajando al Perú
El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú mediante Comunicado de Prensa 005 – 19 informa que a partir del 15 de junio de 2019, las autoridades peruanas de Control Migratorio solo admitirán el ingreso de nacionales venezolanos, titulares de pasaportes ordinarios en las siguientes condiciones:
- Viajeros con pasaporte venezolano expirado el 28 de agosto de 2018. Este será válido por cinco años adicionales a partir de esa fecha.
- Contar con visa para ingresar al país. No se exoneran del requisito de Visalas cédulas de extranjería en las que figura la calidad de “MIGRANTE”, “VISITANTE” O “TEMPORAL”.
- Ciudadanos venezolanos con residencia permanente en Colombia, Chile, México y Perú, portadores de un pasaporte y de la cédula de extranjería, en donde figure la calidad de visa “RESIDENTE”, están exonerados de visa para ingresar al Perú.
- Viajeros con permiso temporal de permanencia.
- En caso de no tener permiso temporal de permanencia, es indispensable contar con un boleto de salida del país.
- Pasajeros con pasaporte venezolano que pasan por el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de Lima en conexión hacia Chile y tienen visa de responsabilidad democrática de este país, no requieren visa peruana para su conexión.
- Los ciudadanos venezolanos que ingresen a territorio peruano por vía terrestre en tránsito hacia un tercer país (incluido Chile) SI requieren de visa con la calidad migratoria de turista
De acuerdo a la Comisión delegada de la Asamblea Nacional Venezolana se aprobó un acuerdo que tiene como finalidad extender la vigencia de los pasaportes de los venezolanos que se encuentran dentro o fuera del territorio venezolano hasta por 5 años, según lo siguiente:
- Los pasaportes venezolanos vencidos hasta el 28 de agosto de 2018, por cinco años adicionales a partir de esa fecha.
- Los pasaportes venezolanos vencidos con posterioridad al 28 de agosto de 2018, por cinco años adicionales a partir de la fecha de su vencimiento.
*Tener todos los documentos requeridos es importante para evitar ser inadmitido en el Perú. Verifica aquí las causales de inadmisión en el Capitulo III Control y Registro Migratorio
Atención:
Los ciudadanos de nacionalidad ecuatoriana y venezolana, viajando con pasaportes ordinarios, requieren visa para ingresar a México.
Estás exentos de este requisito pasajeros con:
Visa válida y vigente de entradas múltiples de Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquier país que pertenezca al espacio de Schengen.
Tarjeta de residente permanente en Canadá, Chile, Colombia, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Perú, o cualquier país que pertenezca al espacio de Schengen.
- Los pasajeros con residencia temporal o con otra calidad migratoria sí requerirán visa.
- Los portadores de laissez-passer, en cualquier caso, requerirán visa.
Al ingresar al país las autoridades migratorias verificarán que:
- Tengas los documentos requeridos para ingresar al país (es responsabilidad de cada pasajero verificar los documentos requeridos por cada país dependiendo de su nacionalidad). Todos los viajeros colombianos/peruanos deberán portar un pasaporte vigente al momento de la llegada a México.
- Tengas un pasaje de salida del territorio mexicano (exceptuando si eres ciudadano y residente), ya sea de regreso a tu país de origen o a un tercer país, para el que tengas los documentos necesarios para viajar. Deberás mostrar el tiquete o comprobante de itinerario. Nota: Estados Unidos tiene en vigencia limitaciones a los cruces fronterizos por tierra con México únicamente a “viajes esenciales” (más info).
- Demuestres que cuentas con la solvencia económica necesaria para la estadía en el país, y te podrán solicitar que compruebes el motivo del viaje, ya sea con reservas de hotel o de tours, o cartas de invitación de entidades o instituciones que avalan el ingreso a México.
- Que tu estadía máxima planeada no sea superior a 180 días. En caso de requerir una estadía superior, deberás mostrar los permisos o visado correspondientes.
También debes tener muy presente que:
- Si eres pasajero extranjero deberás diligenciar y entregar a tu llegada la Forma Migratoria Múltiple (FMM), que está disponible para diligenciarse de manera electrónica en https://www.inm.gob.mx/fmme/publico/solicitud.html, y una vez completada se debe imprimir y presentar a la autoridad migratoria. En caso de no poder diligenciarla o imprimirla, la tripulación te la entregará durante el vuelo.
- Si eres pasajero extranjero debes conservar el comprobante de la FMM durante tu estadía y entregarla al personal de la aerolínea al momento de tu salida de territorio mexicano.
- Si ingresas a México vía terrestre o marítima, debes convalidar tu forma migratoria en las oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM) antes de abordar un vuelo internacional.
- En caso de pérdida o deterioro, deberás acercarte a las oficinas del INM para su reposición (costo MXN 600 ≈ USD 30)
Es importante también que completes y presentes ante la autoridad migratoria el ‘Cuestionario de Identificación de Factores de Riesgo en Viajeros’, que se encuentra disponible en vuelaseguro.com
Ejemplo de Forma Migratoria Múltiple (FMM)
Vuelos nacionales
Cuando compras un boleto de Viva para viajar dentro del Perú, los impuestos y tasas ya están incluidos en el precio final del pasaje.
En Viva las tarifas bajas son para todos por eso no importa de dónde eres, en ningún momento pagas un recargo por ser extranjero. En Perú todos viajamos a bajo costo.
Iquitos
A partir del 01 de enero de 2019, en Perú se realiza el cobro por el impuesto IGV (Impuesto General a la Venta) para vuelos desde y hacia Iquitos. Debido a que la Ley N° 30712 solo restableció la vigencia de la Ley N° 29285 hasta el 31 de diciembre de 2018.