Estas sillas deberán ser entregadas en el módulo de atención al pasajero de Viva o en la sala a la hora de abordar, para ser enviadas por bodega sin ningún costo adicional con su respectiva etiqueta.
Se podrán transportar sillas de ruedas u otras ayudas motrices impulsadas por baterías y baterías secas, siempre y cuando los terminales estén protegidos contra cortos circuitos, la batería se halle dentro de un contenedor, y se pueda asegurar a la silla de ruedas para protegerla de daños causados por movimientos del equipaje.
Se aceptan sillas de ruedas o elementos de ayuda motriz propulsada por batería siempre y cuando no afecten la seguridad del vuelo, las cuales podrán ser transportadas en la bodega del avión sin costo adicional. Las baterías húmedas o de ácido son consideradas mercancías peligrosas por IATA y no pueden ser transportadas por la Aerolínea. Las baterías no deben exceder 300 Wh (vatios) o dos repuestos que individualmente no superen 160 Wh. Los pasajeros viajando con sillas de ruedas propulsadas por batería deben presentar la ficha técnica con las especificaciones de la silla de ruedas el día del vuelo en el módulo de atención de la aerolínea.
En caso que el pasajero requiera ayuda para el traslado en el aeropuerto, debe solicitar este servicio al menos cuarenta y ocho (48) horas antes de la salida programada del vuelo ya sea a través de la página web, call center o en el aeropuerto, excepto para vuelos desde/hacia Estados Unidos.
Para todos los vuelos, excepto aquellos desde/hacia Estados Unidos, el servicio es otorgado desde el módulo de atención al pasajero hasta la puerta de embarque, puerta de avión o asiento, según lo solicitado. A la llegada del vuelo, el servicio se entrega hasta la puerta de entrada de la terminal, no incluyendo el estacionamiento. Para los vuelos desde/hacia Estados Unidos el servicio es otorgado a la entrada de la terminal.
Pasajeros en silla de ruedas que puedan valerse por sí mismos en caso de evacuación (en el caso de los vuelos desde/hacia Estados Unidos) o pasajeros (en el caso de los vuelos desde/hacia Estados Unidos) que tengan la habilidad de asistirse a sí mismos, podrán viajar sin ningún acompañante.
Pasajeros en silla de ruedas que no puedan valerse por sí mismos, excepto en los vuelos desde/hacia Estados Unidos, deben viajar con un acompañante mayor de 18 años y que no tenga ninguna limitación. El pasajero debe adquirir el pasaje de su acompañante.
Silla de Ruedas en Aeropuerto:
Este servicio debe solicitarse al menos veinticuatro (24) horas antes de la salida programada del vuelo ya sea a través de la página web, call center o en el aeropuerto, excepto para vuelos desde/hacia Estados Unidos los pasajeros podrán solicitar este servicio el día de vuelo sin necesidad de hacerlo con anticipación.
Para todos los vuelos excepto aquellos desde/hacia Estados Unidos, el servicio deberá ser otorgado por Viva desde el módulo de atención al Pasajero, hasta la puerta de embarque, puerta del avión o asiento, según lo solicitado. A la llegada del vuelo, el servicio culmina en la puerta de salida del terminal.
Para todos los vuelos, los pasajeros que requieran sillas de ruedas deben presentarse en el módulo de atención de Viva en el aeropuerto, mínimo una (1) hora antes de la salida programada del vuelo.
Este servicio no tiene costo adicional.
Pasajeros que puedan valerse por sí mismos (capacidad de asistirse a sí mismo, trasladarse, alimentarse y atender sus necesidades fisiológicas) podrán viajar sin ningún acompañante.
Pasajeros que no puedan valerse por sí mismos deben viajar con un acompañante mayor de dieciocho (18) años, que no tenga ninguna limitación y que previamente haya adquirido su Pasaje.
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