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Términos y Condiciones - Contrato de Transporte

CONTRATO DE TRANSPORTE AÉREO NACIONAL E INTERNACIONAL DE PASAJEROS Y EQUIPAJE DE FAST COLOMBIA S.A.S. Y VIVA AIRLINES PERÚ S.A.C.

CAPÍTULO I. APLICACIÓN Y DEFINICIONES

ARTÍCULO 1 – APLICACIÓN.

Las condiciones y términos establecidos en el presente contrato en adelante las “Condiciones Generales” o “El Contrato”, aplican para el transporte de Pasajeros y Equipaje en vuelos dentro de la República de Colombia e internacionales, operados por Fast Colombia S.A.S y Viva Airlines Perú S.A.C. (“VIVA”), y aquellos operados por Aerolíneas con las que VIVA tenga acuerdos comerciales de cooperación.

A menos que en estas Condiciones Generales se establezca otra cosa, aplican sólo en aquellos vuelos o segmentos de vuelo, donde el nombre “VIVA” “VIVA AIR” y/o “FAST COLOMBIA S.A.S”, “VIVA AIRLINES PERÚ S.A.C.” y/o su Código Designador estén indicados en la casilla del Pasaje que corresponde al transportador, para ese vuelo o segmento de vuelo.

Sin perjuicio del derecho a información que tenga el Pasajero de acuerdo con la legislación vigente, VIVA se reserva el derecho de celebrar acuerdos comerciales de cooperación con otras Aerolíneas. Esto significa que, aunque en el Pasaje aparezca el Código Designador de VIVA, la Aerolínea que operará el vuelo podrá ser otra diferente.

Sin perjuicio de los derechos del Pasajero, VIVA se reserva la facultad de encargar a otro u otros transportadores, el transporte a que se refiere el Contrato de Transporte, con lo cual, el Pasajero que acepta, quedará sujeto al contrato y/o condiciones de transporte de la empresa que efectúe el transporte.

Si un transporte es realizado como vuelo chárter, según un acuerdo especial para este tipo de vuelos, aplican en primer lugar las condiciones del acuerdo especial y/o, en caso de que se expida Pasaje, las condiciones establecidas en este; en consecuencia, las presentes Condiciones Generales aplican en aquello que no esté regulado en el acuerdo especial y sea aplicable.

ARTÍCULO 2 - DEFINICIONES.

  • Adolescentes: Menores de edad con edades comprendidos entre los 12 años más 1 día y los 17 años.
  • Adultos: Personas mayores de 18 años.
  • Aerolínea o Transportador: Significa un transportador o porteador aéreo, empresa de servicios aéreos comerciales de transporte público, cuyo Código Designador aparece en el Pasaje. Que para efectos del presente de El Contrato será Fast Colombia S.A.S., Viva Airlines Perú S.A.C., – Viva Air o VIVA, términos que podrán ser usados conjunta o separadamente en el presente contrato, el Pasaje o en otros documentos con el Código Designador, o de otra manera.
  • Aerocivil: Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), o quien haga sus veces.
  • Aeronave: Toda máquina que puede sustentarse y desplazarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra y que sea apta para transportar pesos útiles (personas o cosas).
  • Agencia de Viajes: Es cualquier Agencia de Viajes autorizada para desarrollar su objeto social de acuerdo con la legislación aplicable, con la que VIVA haya firmado un contrato de Adquisición del Derecho a la Distribución de Productos y Servicios o cualquier otro contrato que permita la distribución de los servicios de VIVA.
  • Artículo Personal: Primera pieza del Equipaje de mano permitido por VIVA sin costo adicional siempre y cuando cumpla con el peso y medidas establecidas. Este articulo debe ser ubicado debajo del asiento en frente del Pasajero, con excepción de la fila 1, caso en el cual deberá ser ubicado en los compartimientos superiores.
  • Boleto, tiquete o pasaje: Todo documento expedido o autorizado por VIVA o por un agente autorizado de acuerdo con lo establecido en El Contrato, en forma impresa o electrónica, en el cual conste que el Pasajero tiene un contrato de transporte con la Aerolínea.
  • Check-in (Documentación): Proceso de Documentación que debe realizar el Pasajero a través del cual obtendrá su Pase de abordar.
  • Código Designador: Son los caracteres o letras que identifican a un transportador en particular.
  • Condiciones del Contrato: Son aquellos elementos que hacen parte integral del Contrato de Transporte que se celebra con VIVA y que se encuentran aquí contenidos, en el Tiquete (pasaje), en las Condiciones Tarifarias y en las Políticas, Procedimientos y Manuales de la Aerolínea cuando aplique, y a las que se podrá hacer referencia en el Tiquete (pasaje). También son parte de las Condiciones del Contrato las condiciones de todo orden para los Transportes Especiales.
  • Condiciones Tarifarias: Son aquellos términos y condiciones que aplican a cada una de las tarifas que ofrece VIVA, las cuales incluyen, entre otras pero sin limitarse a, el término de validez del Tiquete (pasaje); el término de vigencia de la Tarifa; los requisitos de aplicación de la Tarifa; las penalidades aplicables en caso de No Presentación, cancelaciones y cambios; la posibilidad de reembolso o no reembolso del precio pagado y las condiciones del mismo; y la posibilidad de transferencia del Tiquete (pasaje).
  • Contrato de Transporte: Es el Contrato de Transporte Aéreo como se define en el Código de Comercio de Colombia, celebrado entre VIVA y el Pasajero.
  • Convención: Significa cualquiera de los siguientes instrumentos o los que los sustituyan, adicionen o hagan referencia, según sea aplicable:
    1. El Convenio de Varsovia, firmado el 12 de octubre 1929.
    2. El Convenio de la Haya, firmado el 28 de septiembre 1955.
    3. La Convención Suplementaria de Guadalajara de 1961.
    4. El Protocolo de Montreal, firmado en 1975.
    5. El Convenio para la Unificación de ciertas reglas para el Transporte Aéreo Internacional firmado en Montreal el 18 de Mayo de 1999.
    6. El Convenio de Guatemala de 1971.
    7. La Decisión 619 de la Comunidad Andina.
  • Cupón de Equipaje: Documento que, cuando se expide, se considera parte del Tiquete (pasaje) y soporta el Equipaje en bodega. Se emitirá un Cupón de Equipaje por cada bulto que compone el Equipaje y consta de dos partes: i) la contraseña, que debe conservar el Pasajero para efectos de la identificación de cada Equipaje en bodega y le permite reclamarlo en el lugar de destino, y ii) la tarjeta de identificación del Equipaje.
  • Daño: Incluye cualquier Daño, así como la muerte, heridas, lesiones corporales al Pasajero, Daño o pérdida total o parcial del Equipaje, que se deriven directamente del servicio de Transporte Aéreo prestado por VIVA.
  • Días Calendario: Son todos los días incluyendo los sábados, domingos y festivos. Para efectos de determinar el término de la validez del Tiquete (pasaje), los términos se contarán en Días Calendario sin considerar el día de su expedición y el día de comienzo de vuelo.
  • Días Hábiles: Son todos los días con excepción de los sábados, domingos y festivos. A efectos de la atención y respuesta de solicitudes y comunicaciones, los días se contarán en Días Hábiles y los términos empezaran a contar el día hábil siguiente al que la Aerolínea recibió la comunicación.
  • Equipaje: Son los artículos, efectos y propiedades del Pasajero, necesarios o apropiados para su viaje. A menos que se especifique lo contrario, el Equipaje incluye tanto el Equipaje de Mano, como el Equipaje en bodega.
  • Equipaje en cabina: Es (Son) la(s) pieza(s) adicional(es) que puede(n) ser transportada(s) como Equipaje de Mano por el Pasajero siempre y cuando pague el valor correspondiente y que viajan bajo la custodia del Pasajero. Debe ir ubicado en los compartimientos superiores de la aeronave durante todo el vuelo. Adicionalmente debe cumplir con las medidas y peso establecido por VIVA en el Anexo III. La cantidad de piezas de equipaje en cabina permitidas podrá variar en función de la ruta y condiciones operacionales como peso y balance de la aeronave.
  • Equipaje de Mano: Es el Equipaje cuya custodia conserva el Pasajero durante el vuelo y cuyo transporte es autorizado por VIVA de acuerdo con las Condiciones Generales del Contrato de Transporte, las Condiciones Tarifarias, políticas y procedimientos de la Aerolínea. Está compuesto por una (1) pieza como Artículo Personal (gratis) y las piezas que sean transportadas como Equipaje en cabina (Con Costo Adicional). Ambos deberán cumplir con los estándares de tamaño y peso establecidos por VA (Anexo III).
  • Equipaje en bodega: Es el Equipaje por el cual el Pasajero paga, del cual VIVA tiene en custodia y por el cual ha expedido un Cupón de Equipaje. El Equipaje en bodega deberá cumplir con los estándares de peso y volumen establecidos por VIVA (Anexo III).
  • Escala: Significa una parada en un viaje, entre el punto de origen y el punto de destino.
  • Itinerario: Un documento o documentos expedidos por la Aerolínea al Pasajero, con el nombre del Pasajero, y la información del vuelo e información importante.
  • Infantes: menores comprendidos entre los 10 días de nacidos y 24 meses, que no ocuparán asiento.
  • Niños: Menores de edad con edades comprendidas entre 24 meses más 1 día y 12 años.
  • No Presentación (No show): Cuando el Pasajero no se presente en el mostrador (counter) o en sala dentro de los tiempos estipulados para realizar el proceso de Check-in (Documentación) y abordaje; de acuerdo con los procedimientos de la Aerolínea, los cuales se pueden consultar en el anexo II.
  • Pasabordo o Pase de Abordar: Es el documento que permite al Pasajero ingresar a la Aeronave y ocupar un asiento para realizar el vuelo.
  • Pasajero: Cualquier persona que haya sido o que vaya a ser transportada en una Aeronave, en virtud de un Contrato de Transporte. Los miembros de la tripulación en funciones de trabajo no se consideran Pasajeros para estos efectos.
  • Precio: Valor económico que se cobra por el transporte en VIVA, que comprende las comisiones y todas las normas y condiciones que configuran o influyen sobre el valor final que paga el Pasajero según el Contrato de Transporte, estas Condiciones Generales y las Condiciones Tarifarias.
  • Servicios Adicionales: Son los servicios que el Pasajero puede adquirir como agregados al tiquete adquirido.
  • Transporte Aéreo: Traslado de personas o cosas efectuado de un origen a un destino, por medio de Aeronaves.

CAPÍTULO II. NORMATIVIDAD

Las normas y disposiciones nacionales e internacionales, que aplican para el Transporte Aéreo Regular de Pasajeros y Equipaje en vuelos operados por VIVA, son las siguientes:

ARTÍCULO 3 - NORMAS NACIONALES (APLICABLES A VUELOS DOMÉSTICOS EN COLOMBIA).

  1. Ley 105 de 1993. Por la cual se le otorga competencia a la Unidad Administrativa Especializada de Aeronáutica Civil, como Entidad especializada adscrita al Ministerio de Transporte, para ejercer las funciones relativas al Transporte Aéreo y establece los lineamientos para la prestación de este servicio.
  2. Ley 336 de 1996. “Estatuto General de Transporte”. Como norma rectora del Transporte Aéreo, señala los principios y criterios que sirven de fundamento para el transporte público aéreo, de conformidad con la Ley 105 de 1.993.
  3. Decreto 410 De 1971 - Código de Comercio. - Regula entre otros temas, el Contrato de Transporte
  4. Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC).
  5. Ley 1480 de 2011. Estatuto de Protección al Consumidor.
  6. Ley 1581 de 2012. – Ley de Habeas Data.

ARTÍCULO 4 - NORMAS INTERNACIONALES (APLICABLES A VUELOS INTERNACIONALES DESDE Y HACIA COLOMBIA).

  1. El Convenio de Varsovia de 1929. - Regula temas relacionados con el Contrato de Transporte Aéreo internacional.
  2. El Protocolo de La Haya de 1955. - Modificó la versión original del Convenio de Varsovia.
  3. Los Protocolos de Montreal de 1975. - Son cuatro Protocolos que modifican entre otros temas aquellos relativos a la forma de expresar los límites de responsabilidad en relación con el Contrato de Transporte Aéreo internacional.
  4. El Convenio de Montreal de 1999. - Establece la responsabilidad del transportista y medida de la indemnización por el Daño ocasionado por muerte y lesiones de los Pasajeros, por Daño del Equipaje y por retrasos en el Transporte Aéreo internacional, y regula también temas relacionados con los documentos de transporte y otros asuntos de carácter general en relación con el Contrato de Transporte Aéreo internacional.
  5. El Convenio de Tokio de 1963. – El cual establece el régimen aplicable a las infracciones y otros actos cometidos a bordo de las aeronaves.
  6. La Decisión 619 de la Comunidad Andina. - Aplica para los países que forman parte de la misma. Esta Decisión regula los derechos y obligaciones de los usuarios, transportistas y operadores de los servicios de Transporte Aéreo regular y no regular en relación con el Contrato de Transporte Aéreo internacional entre los países que hacen parte de esta Comunidad.
    En materia de Régimen de Responsabilidad del Transportador en el transporte internacional, además, de los convenios de Varsovia y Montreal, en tanto no estén en contraposición con dichos convenios, el Contrato de Transporte está sujeto a:
    1. Las disposiciones contenidas en este contrato y demás reglamentación aplicable que forma parte integral del mismo.
    2. La reglamentación aplicable para vuelos en Colombia y/o la aplicable para vuelos de otras Aerolíneas con las que se tenga acuerdos comerciales de cooperación.

CAPÍTULO III. CLAUSULADO GENERAL

ARTÍCULO 5 - CONDICIONES GENERALES

Las presentes Condiciones Generales son las condiciones de transporte de la Aerolínea y están incorporados y referenciados y disponibles para los Pasajeros en las oficinas de VIVA y/o en la página Web www.vivaair.com.

Además, estas Condiciones Generales complementan los términos y condiciones establecidos en:

  1. El Tiquete (pasaje).
  2. Las Condiciones Tarifarias de VIVA, de acuerdo con las aprobaciones y/o registros que de las mismas se realicen ante la Aerocivil.
  3. Los Itinerarios.

Es obligación del Pasajero consultar y aceptar la reglamentación y condiciones contenidas en los documentos anteriores, las cuales se encuentran publicadas en la página Web de VIVA bajo el Link “Términos y Condiciones” de la página web www.vivaair.com. Igualmente, es obligación del Pasajero consentir o aceptar los términos y condiciones para que se entienda celebrado el contrato de transporte.

El Pasajero acepta estas Condiciones Generales, así como las contenidas en las normas aplicables.

Estas Condiciones Generales son aplicables a menos que sean contrarias a las Condiciones Tarifarias autorizadas, a las normas o a cualquier Convención vigente, eventos en los cuales tales Condiciones Tarifarias, normas y Convenciones prevalecerán. Si alguna disposición de estas Condiciones Generales no tiene validez por ser contraria a una de las anteriores, las demás disposiciones continuarán siendo válidas.

Serán nulas las modificaciones, suspensiones o invalidaciones de las presentes Condiciones Generales o de cualquier documento o regulación que haga parte del Contrato de Transporte y/o de las Condiciones Tarifarias, realizadas por cualquier persona diferente a VIVA, incluyendo al Pasajero, a los empleados, dependientes o Agentes autorizados de VIVA. Ninguna persona está autorizada para alterar las disposiciones de estas Condiciones Generales o del Contrato de Transporte o para eximirse de su cumplimiento.

ARTÍCULO 6 – CREACIÓN DE RESERVAS Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Se considerará que se ha generado una reserva una vez la misma tenga un pago registrado. Las reservas realizadas para viajar con VIVA son de pago inmediato y están sujetas al Artículo 19 de El Contrato.

VIVA efectuará el tratamiento de los datos personales de los viajeros, clientes y usuarios de acuerdo a lo dispuesto en la política de privacidad de la aerolínea, la cual se encuentra disponible para consulta en https://www.vivaair.com/co/es/informacion-legal_politica-de-privacidad1, la cual podrá ser modificada a efectos de dar cumplimiento a las regulaciones en materia de protección de datos personales de cualquiera de los Estados en los que VIVA tenga operaciones comerciales.

En todo caso VIVA recabará las autorizaciones para el tratamiento de datos personales en el momento en que cualquier Titular de datos personales en el momento de la compra de los servicios que La Aerolínea ofrece al público en general.

El Pasajero es consciente de que la información de contacto es esencial para que VIVA pueda brindarle información sobre los servicios contratados, razón por la que deberá asegurarse que esta información sea incluida dentro de su reserva. El Pasajero es responsable de suministrar información veraz de acuerdo a lo establecido en las regulaciones aplicables. VIVA no se obliga a responder por ningún Daño o perjuicio derivado de información falsa, incorrecta o errada por parte del Pasajero o de quien compra el Tiquete (pasaje).

ARTÍCULO 7 - TIQUETES (PASAJES)

VIVA suministrará el servicio de transporte solamente al Pasajero nombrado en el Pasaje, a quien se le podrá pedir una identificación adecuada.

El Tiquete (pasaje) y los servicios adicionales son personales y no son transferibles. Sin embargo, VIVA se reserva el derecho de aprobar cambio de nombre en el Tiquete (pasaje), en cuyo caso, un nuevo Tiquete (pasaje) será expedido con sujeción a las Condiciones aplicables. Un cargo por este servicio podrá ser aplicado en este evento, de acuerdo con lo establecido en las Condiciones Tarifarias y la legislación aplicable. Los cambios se realizan siempre y cuando el pasajero no haya volado ninguno de los trayectos bajo la reserva ni haya realizado el proceso de Check-in (Documentación).

El Contrato se entiende perfeccionado una vez se da el pago efectivo de la tarifa por parte del Pasajero. Con dicho pago, el Pasajero acepta los términos y condiciones establecidos en el presente documento.

El nombre del Transportador puede aparecer en el Tiquete (pasaje) de manera abreviada o identificado con la marca comercial o el código designador del Transportador.

Los puntos de Escala convenidos aparecerán en el Tiquete (pasaje), siempre y cuando se trate de escala comprendidas dentro del mismo contrato de transporte o en los Itinerarios publicados por el Transportador.

Sin perjuicio de otras restricciones para el transporte de Pasajeros que puedan aplicar, VIVA no está obligado a transportar al Pasajero, si no verifica que el mismo realizó su reserva y pagó el precio del Tiquete (pasaje) o si el Pasajero no presenta a VIVA una identificación válida con foto.

Igualmente, sin perjuicio del derecho de retracto (cuando resulte aplicable), así como de los casos en los que el transporte no se realice por fuerza mayor o por causas imputables a la Aerolínea, cuando por razón de las Condiciones Tarifarias aplicables al respectivo Contrato de Transporte se indique un periodo distinto en el Tiquete (pasaje), este será válido hasta la fecha y hora del viaje. En consecuencia, pasado el periodo de validez, el Tiquete (pasaje) perderá totalmente su vigencia y el Pasajero perderá, a título de indemnización de perjuicios, el derecho a ser transportado con el Tiquete (pasaje) adquirido.

VIVA se rehusará a prestar cualquier servicio, si la Tarifa correspondiente no ha sido pagada de acuerdo con las Condiciones del Contrato de Transporte, las Condiciones Tarifarias y demás aplicables.

ARTÍCULO 8 - PRECIOS Y CARGOS

Los Precios de VIVA se establecen por Producto por transacción. Serán aplicados y cargados a cada Pasajero, por cada uno de los trayectos de vuelo reservados, según el Producto escogido, las Condiciones de El Contrato y las Condiciones Tarifarias aplicables al mismo. Adicional a los impuestos y cargos establecidos por las autoridades competentes, al Pasajero se le cobrará la adquisición de cualquier Servicio Adicional (Ver Anexo IV).

Una vez se haya celebrado el Contrato de Transporte, cualquier cambio que se desee hacer, entre otros, pero sin limitarse a ruta, fecha, hora o nombre del Pasajero, puede tener un impacto en el Precio a pagar y puede acarrear penalidades y/o sobrecostos para el Pasajero.

Los Pasajeros tienen derecho a adquirir Servicios Adicionales siempre y cuando paguen el precio correspondiente.

Todas las transacciones y Precios, incluyendo, pero sin limitarse a la compra y venta de pasajes y Productos, cambios de Producto, estarán sujetas a los impuestos aplicables de acuerdo con las normas vigentes. Los impuestos aplicables o cargos imponibles recolectados directamente por el gobierno u otra autoridad, o por el operador del aeropuerto, y que sean efectivos a la fecha del viaje, deben ser pagados por el Pasajero.

Las Condiciones de las tarifas promocionales prevalecen sobre las Condiciones Generales, cuando sean contrarias.

ARTÍCULO 9 - CHECK-IN (DOCUMENTACIÓN)

La presentación del Pase de abordar impreso o digital y del documento de identidad del Pasajero, válido con foto son un requisito indispensable para abordar el avión.

Al realizar el proceso de Web Check-in para una reserva quedan documentados todos los Pasajeros que se encuentran bajo la reserva con la que se ingresó al sistema.

El Pasajero debe completar el proceso de Check-in requerido para el abordaje con suficiente antelación a la salida del vuelo para permitir el cumplimiento de cualquier formalidad y procedimiento gubernamental, aeroportuario y de la Aerolínea, y no más tarde de cualquier tiempo mínimo especificado por VIVA, para vuelos nacionales e internacionales (ver Anexo II). El tiempo de presentación para vuelos nacionales es de dos (2) horas y de tres (3) horas para vuelos internacionales.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Pasajero bajo este artículo 9, constituye incumplimiento al Contrato de Transporte por parte de este, y dará derecho a la Aerolínea a cancelar el cupo del Pasajero y disponer del mismo, así como a aplicar las penalidades que correspondan.

VIVA no se hace responsable por la pérdida de vuelo si el Pasajero no cuenta oportunamente con su Pase de abordar.

ARTÍCULO 10 - NEGATIVA Y LIMITACIONES AL TRANSPORTE

Sin perjuicio de las demás causales establecidas por la Aerolínea conforme a las normas aplicables, se podrá negar o limitar el transporte del Pasajero que:

  1. Incumpla con las disposiciones emanadas de la ley o regulación aplicable, de las autoridades competentes, la Aerolínea y, en especial, con las relacionadas con la seguridad durante o con ocasión del vuelo.
  2. Se estime que pudiera afectar la seguridad o la salud o la comodidad de otros Pasajeros o de la tripulación; así como de sus propiedades, o la seguridad del vuelo, de la Aeronave o de su operación.
  3. Se encuentre en una condición de salud mental o física que a criterio de la Aerolínea pueda representar un riesgo para el mismo Pasajero, los otros Pasajeros, la tripulación o la propiedad de VIVA y de terceros.
  4. Se haya negado a someterse a un chequeo de seguridad.
  5. No haya pagado el Precio, los impuestos, las tasas o las contribuciones aplicables o los demás costos y gastos a que estuviere obligado.
  6. No se presente con los documentos de viaje y de identificación que se requieran, destruya sus documentos durante el viaje o se rehúse a entregarlos al personal de la Aerolínea o a las autoridades competentes, cuando así se requiera.
  7. Presente un Tiquete (pasaje): (i) adquirido en contra de la ley y estas disposiciones; y (ii) que haya sido adquirido por medio de una persona no autorizada por VIVA; (iii) que haya sido expedido o modificado por alguien distinto a VIVA o sin la autorización de VIVA.
  8. No pueda probar por medio de un documento de identidad válido con foto, que es la persona denominada en el Tiquete (pasaje).
  9. No cumpla con las instrucciones impartidas por la Aerolínea o sus representantes, con respecto a asuntos de seguridad o vigilancia.
  10. Para vuelos nacionales únicamente, un Pasajero en condiciones jurídicas especiales, mentalmente trastornado, deportado, no admisible, desmovilizado y/o perturbador según lo establecido en los RAC.
  11. No cumpla con los requisitos migratorios exigidos por las autoridades de los Estados de destino o tránsito.

En ejercicio de esta facultad discrecional, la Aerolínea podrá negarse a prestar el servicio de transporte y no será responsable de los gastos que esto represente para el Pasajero. Si a un Pasajero se le niega el embarque por cualquiera de los motivos mencionados en este Artículo 10, el dinero del tiquete no será reembolsado, excepto en lo previsto en la regulación aplicable.

ARTÍCULO 11 – EQUIPAJE

  1. Condiciones Generales de Transporte de Equipajes

    VIVA, ofrece la posibilidad de transportar distintas piezas y tipos de equipajes en cabina o en bodega. En todos los casos se incluye un equipaje mínimo como articulo personal, cuyas condiciones de transporte se describirán en este artículo.

    VIVA también ofrece el transporte de más piezas de equipaje como parte de los paquetes “Light, “Medium” y “Full”, además de otros beneficios. Para mayor información puedes consultar este link https://www.vivaair.com/co/es/otros-servicios-adicionales

    Algunos de productos incluidos en los paquetes, también podrán ser adquiridos de manera separada con posterioridad a la compra inicial, caso en el cual sus precios podrán variar, según el momento de la compra, el peso de la pieza de equipaje, la ruta y el tipo de pieza a ser transportada. VIVA transportará el Equipaje del Pasajero, siempre que este haya pagado los valores correspondientes. (Ver Anexo III).

    En el caso que de Pasajeros que deseen incluir piezas adicionales al artículo personal permitido, será obligación del Pasajero o la persona interesada consultar las políticas de Equipajes de VIVA (Ver Anexo III), las cuales se incorporaran como parte integrante de su contrato de transporte. Dichas condiciones se encuentran publicadas en la página web de la Aerolínea www.vivaair.com

    Para algunas rutas internacionales, la venta del servicio de transporte de piezas de equipaje adicional podrá estar restringida por circunstancias operacionales y de seguridad del vuelo (peso y balance). En este sentido VIVA recomienda al Pasajero interesado en transportar piezas de equipaje adicional que se asegure de incluirlas en la compra inicial de sus servicios, independientemente del canal de compra que utilice.

    El Pasajero deberá registrar su equipaje ante VIVA en el respectivo aeropuerto en donde el personal de la Aerolínea lo identificará con un distintivo. De no cumplirse esta obligación por el Pasajero, VIVA se reserva el derecho de negar el abordaje del equipaje.

    En ninguna circunstancia se podrá llevar en el equipaje objetos valiosos, dinero en efectivo, divisas, piedras o metales preciosos, cuyo valor exceda los cincuenta (50) SMMLV (salario mínimo mensual legal vigente) sin declararlos a la Aerolínea (sin perjuicio de la declaración que deba hacer a la autoridad aduanera u otras que sean competentes) o en cantidades tales que declaradas o no puedan en manera alguna poner en peligro la seguridad del vuelo, de las personas a bordo o en los aeropuertos.

    El pasajero no podrá incluir en su equipaje en bodega artículos frágiles o perecederos, dinero, joyas, piedras o metales preciosos, platería, documentos negociables, títulos u otros valores; dinero en efectivo, pasaportes, cámaras fotográficas o de video, filmadoras, computadoras, tabletas electrónicas, teléfonos móviles, calculadoras, lentes, botellas con licor o perfumes, entre otros, respecto de los cuales VIVA no se responsabiliza si se transportan en esas condiciones. Tales elementos deben ser transportados a la mano, o en el equipaje de mano, si sus características lo permiten, bajo la custodia y responsabilidad exclusiva del propio Pasajero.

    Si algún objeto es transportado en contravención de lo establecido en estas Condiciones Generales, VIVA no será responsable por ninguna pérdida o daño a tales objetos, excepto en lo previsto en la regulación aplicable, y el Pasajero asumirá tales riesgos.

    VIVA podrá inspeccionar el Equipaje con o sin la asistencia del Pasajero cuando este no pueda o no se presente a la inspección. Si el Pasajero no está de acuerdo con la inspección, VIVA podrá negarse a transportarlo, sin que sea responsable por los perjuicios que por ello pudiere causarle, excepto en lo previsto en la regulación aplicable.

    VIVA se reserva el derecho a negar el transporte de cualquier Equipaje en cualquier momento por razón de su tamaño, estado, peso, o característica, o por razones de seguridad u operacionales. VIVA se podrá negar a aceptar la declaración de exceso del valor del Equipaje registrado.

    Para consultar los Precios de Equipajes en vuelos internacionales y domésticos que se incluye en cada familia tarifaria o paquete haz clic aquí.

  2. Articulo Personal Permitido

    Entiéndase como equipaje de mano, aquel equipaje diferente al equipade de cabina, el cual el Pasajero podrá llevar sin costo, bajo las siguientes condiciones:

    1. Una (1) única pieza permitida para su transporte por Pasajero. Ejemplo: mochila, cartera, bolso para computadores portátiles, pañalera, riñonera o canguro. La Aerolínea podrá permitir como artículo personal una pieza de equipaje deportivo o instrumento musical que no supere un peso de diez (10) kilogramos y unas dimensiones de 40x35x25 centímetros, incluyendo ruedas, manijas y agarraderas.
    2. El articulo personal debe ir ubicado debajo del asiento delantero, excepto en la primera fila de la aeronave, donde deberá ir ubicado en los compartimientos superiores.
    3. Si el artículo personal excede las medidas permitidas, el pasajero deberá pagar el valor correspondiente al servicio que desee elegir entre equipaje en cabina o equipaje en bodega (consulta el detalle de precios, medidas del equipaje aquí) y deberá cumplir con las condiciones de cada uno de los servicios.
    4. Los pasajeros infantes (menores de 24 meses) tienen derecho a viajar con pañalera siempre y cuando no excedan los 10 kilogramos y las siguientes dimensiones 40x35x25 cm. Ésta podrá ser transportada adicional al artículo personal del adulto responsable del infante. Adicional puede llevar el coche en la bodega del avión sin ningún costo adicional.
    5. La custodia del articulo personal incluido es responsabilidad exclusiva del pasajero. La aerolínea no será responsable de los daños, saqueos o perdidas en relación con los artículos personales transportados bajo la custodia del Pasajero.
  3. Artículos prohibidos en el Equipaje

    El Pasajero es responsable del contenido del equipaje y estará sujeto a inspección de seguridad. El equipaje no se aceptará:

    1. Cuando contenga objetos que puedan constituir peligro para la navegación aérea o para las personas o cosas a bordo, a menos que por medio de una autorización previa y expresa de la Aerolínea se permita su transporte. Dentro de estos objetos se encuentran los descritos en las “Especificaciones Técnicas para el Transporte Seguro de Mercancías Peligrosas por Aire de la Organización Civil Internacional” (OACI), la “Regulación de Mercancías Peligrosas de la Asociación de Transportadores Aéreos Internacionales” (IATA) y las regulaciones colombianas. Los Pasajeros están obligados a informar a la Aerolínea sobre el contenido de su Equipaje cuando en el mismo se encuentre mercancías peligrosas.
    2. Cuando contenga objetos que estén prohibidos por las leyes aplicables, regulaciones o jurisdicción de ser transportadas desde/hacia cualquier Estado.
    3. Cuando contenga elementos que sean considerados por la Aerolínea como inconvenientes para el transporte por razón de su peso, tamaño, estado o características, o por su fragilidad o carácter de perecederos.
    4. Cuando se trate de armas de fuego, cortopunzantes y contundentes de cualquier tipo, como antigüedades, espadas, cuchillos, las consideradas como equipo deportivo (arcos, flechas, etc.), navajas y similares.
    5. Productos cuyo ingreso al país o a otros países, sea prohibido o restringido, incluyendo alimentos y plantas.

    El Equipaje no se aceptará cuando las piezas excedan los límites descritos. Conoce el detalle de las medida, peso y precios del equipaje aquí).

    En caso de pérdida parcial o total de un Equipaje en bodega, la empresa reconocerá como máximo el límite establecido en el Convenio de Montreal de 1999 o la norma que resulte aplicable al contrato de transporte, según su naturaleza nacional o internacional.

    En caso de que un Equipaje o su contenido tengan un valor superior a este monto el Pasajero deberá declararlo al momento del aforo y la Aerolínea podrá aceptar o no su transporte. La Aerolínea no reconocerá ningún valor superior por Equipajes y/o contenido no declarado al momento de su entrega por parte del Pasajero.

ARTÍCULO 12 - ITINERARIOS, RETRASOS, CANCELACIONES Y VUELOS

  1. Itinerarios, excepto en lo previsto en la regulación aplicable.

    Cuando por razones fuera del control de la Aerolínea, El Contrato no pueda realizarse en las condiciones acordadas, VIVA podrá: (i) utilizar una Aeronave distinta a la programada; (ii) utilizar los servicios de otro transportador u (iii) omitir puntos de Escala.

    VIVA podrá ofrecer al Pasajero transportarlo en otro de los servicios programados en los que haya espacio disponible durante las siguientes 48 horas después del vuelo programado, si el Pasajero así lo aceptaré.

  2. Cancelaciones, desvíos, retrasos, sobreventa, etc.

    Excepto en lo previsto en la regulación aplicable, VIVA queda exonerada de toda responsabilidad relacionada con el retraso, cancelación o desvío del vuelo, cuando los mismos se originen por condiciones meteorológicas, o en circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor.

    Del mismo modo, excepto en lo previsto en la regulación aplicable, cuando el viaje no pueda iniciarse por cualquiera de las razones anteriores, VIVA quedará liberado de responsabilidad devolviendo el precio del Pasaje. El Pasajero podrá en tales casos, exigir la devolución del precio total sin que haya lugar a penalidad alguna.

    De acuerdo a lo previsto en la regulación aplicable, si una vez comenzado el viaje este se interrumpiere por demoras, cancelaciones o desvío del vuelo, por motivos climáticos o de fuerza mayor, VIVA efectuará el transporte por su cuenta, utilizando el medio más rápido disponible y posible hasta dejar al Pasajero en su destino, salvo que este opte por el reembolso de la parte del precio proporcional al trayecto no recorrido.

    En estos casos, VIVA sufragará los gastos razonables de manutención y hospedaje que se deriven de cualquier interrupción en caso de que el Pasajero no acepte el reembolso.

    En todo caso, si el Pasajero cumple completamente con el Contrato de Transporte y los términos y condiciones con respecto al tiquete, reconfirmación, tiempos de presentación y Check-in, y no puede ser embarcado por sobreventa o sobrereserva, VIVA deberá proporcionarle el transporte hasta su destino final en el siguiente vuelo disponible de la propia Aerolínea, en la misma fecha y en la misma ruta. En caso de no disponer de vuelo, VIVA deberá hacer las gestiones necesarias por su cuenta, para el viaje del Pasajero con otro Transportador a la mayor brevedad posible, aplicando las compensaciones a que haya lugar.

    En caso de sobreventa o sobrereserva, VIVA no negará un asiento a un Pasajero, sin que antes haya solicitado a otros Pasajeros que cedan su asiento de manera voluntaria a cambio de una compensación equivalente de máximo el 30% del valor del trayecto al que renuncia el Pasajero.

ARTÍCULO 13 – REEMBOLSOS

Habrá lugar a reembolso u otras compensaciones, según las condiciones y términos establecidos por la Aerolínea conforme al marco legal aplicable, en el caso que por responsabilidad de VIVA el vuelo no pueda iniciar o deba suspenderse luego de haber iniciado, debido a demoras, cancelaciones o desvío del vuelo.

También se realizará el reembolso total cuando un Pasajero muera antes de iniciar el viaje siempre y cuando VIVA pueda comprobarlo.

El Pasajero deberá tener en cuenta que (i) existen Tarifas promocionales que no permiten el reembolso del Pasaje. Algunas de las situaciones que pueden dar lugar a la aplicación de reembolso son las siguientes:

  1. Cancelación 24 horas después de la compra (Sólo para vuelos desde/hacia Estados Unidos): El Pasajero podrá hacer la solicitud de reintegro total dentro de las primeras 24 horas corrientes a la compra, siempre y cuando el vuelo no se encuentre en los siguientes 7 Días Calendario al realizar la solicitud. Este tipo de reembolso solo aplica para reservas desde/hacia Estados Unidos.
  2. Retracto (Sólo para vuelos desde/hacia y dentro de Colombia): El pasajero podrá retractarse de la celebración del contrato de transporte, siempre y cuando no haya comenzado a ejecutarse dentro de los cinco (5) Días Calendario siguientes a la celebración del mismo. El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de cinco (5) Días Hábiles contados a partir de la celebración del contrato conforme al artículo 47 de la ley 1480 de 2011. Si el pasajero ejerce su derecho de retracto, se resolverá el contrato y se reembolsará lo que hubieras pagado, salvo la tarifa administrativa y cualquier otro cargo que por su naturaleza no sea reembolsable. El reembolso se hará por la totalidad de la reserva mas no por trayecto.
  3. Desistimiento: El Pasajero podrá desistir del viaje hasta 24 horas antes del inicio de este siempre y cuando el Contrato de Transporte origine en Colombia. El transportador podrá retener hasta un 10% del valor de la Tarifa, excluyendo tasas, impuestos, tarifa administrativa, channel fee y fee de servicio según aplique. Lo dispuesto en el presente literal no aplicará cuando se trate de tarifas promocionales.

ARTÍCULO 14 - CONDUCTA A BORDO DEL AVIÓN

El Pasajero está obligado a: (i) mantener una conducta apropiada de manera que no ponga en riesgo a las personas o bienes, ni limite o impida las actividades de la tripulación; (ii) cumplir con las instrucciones de la tripulación incluyendo las relativas al uso de tabaco y consumo de alcohol o drogas; (iii) mantener un comportamiento adecuado de forma que no cause incomodidad, inconveniencia, daño o heridas a los otros Pasajeros, a la tripulación, a las autoridades o al personal de servicio de VIVA.

VIVA podrá tomar las medidas que considere necesarias para prevenir comportamientos del Pasajero que incumpla sus obligaciones. Sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar, el Pasajero que incumpla cualquiera de estas obligaciones puede ser desembarcado en cualquier punto y/o se le puede negar el transporte.

Uso de Asientos: El Pasajero deberá usar única y exclusivamente el asiento que adquirió o que le fue asignado de manera aleatoria. Está estrictamente prohibido el cambio de asientos, salvo que sea autorizado por una representante de la Aerolínea. Uso de Aparatos electrónicos: Por razones de seguridad, VIVA podrá prohibir o limitar la operación a bordo de sus Aeronaves, de equipos electrónicos, incluyendo teléfonos celulares, computadoras portátiles, grabadoras portátiles, radios portátiles, reproductores de CD, juegos o aparatos transmisores, juegos de radio control, radios de dos vías, etc. La operación y transporte de ayudas auditivas y marcapasos está permitida.

ARTÍCULO 15 - FORMALIDADES ADMINISTRATIVAS

El Pasajero es el responsable de informarse y obtener todos los documentos y visas requeridos para el viaje y de cumplir con todas las leyes, regulaciones, órdenes, exigencias y requerimientos de viaje de los países o territorios desde/hacia los que viaja, o visita en tránsito.

Es exclusiva responsabilidad del Pasajero informarse, obtener y cumplir con los requisitos para viajar, presentar los documentos de identificación, de salida, tránsito, entrada, visas y demás exigidos dependiendo del lugar de destino.

Durante el proceso de Check-in y abordaje el Pasajero debe presentar todos los documentos de salida y entrada exigidos por las leyes, regulaciones, órdenes, exigencias u otros requerimientos de los países concernientes a las autoridades y deberá permitir a VIVA tomar y retener copia de ellos.

VIVA se reserva el derecho de transportar aquellos Pasajeros que no cumplan con las obligaciones descritas en este Artículo. Si al Pasajero le es negada la entrada a un país o territorio, él será el único responsable de pagar cualquier multa o cargo impuestos por el gobierno o autoridad concerniente, incluyendo aquellos cargos y multas que sean aplicados en contra de VIVA y de asumir los costos de transporte que correspondan. VIVA se reserva el derecho de iniciar las acciones legales judiciales y extrajudiciales necesarias para recobrar el valor de las multas que debe asumir con ocasión del incumplimiento de las obligaciones del Pasajero

VIVA no reembolsará la tarifa recolectada por el transporte hasta el punto donde le rechazaron o negaron la entrada, ni será responsable por los perjuicios y daños resultantes de la falta de identificación y documentación del Pasajero; tampoco será responsable por atrasos o negativas de embarque que se generen a causa del incumplimiento de lo descrito en el Artículo 14.

Si a VIVA se le exige pagar o depositar alguna multa, penalidad, o incurre en algún gasto por razón de la falla del Pasajero en el cumplimiento de normas u otros requerimientos de viaje al país o territorio concerniente, el Pasajero deberá reembolsar a VIVA cualquier suma así pagada o gasto en el que haya incurrido. El Pasajero autoriza a VIVA compensar esas sumas o gastos con el valor de Pasajes adquiridos y no utilizados por el Pasajero, o con cualquier fondo del Pasajero que esté en posesión de VIVA o a descontarlo de la tarjeta de crédito del Pasajero.

ARTÍCULO 16 – INSPECCIONES

El Pasajero debe someterse a cualquier inspección de seguridad que se requiera por las autoridades competentes, por VIVA o por otros Transportadores. EL Pasajero es consciente y entiende que ciertos procedimientos de seguridad pueden ser surtidos por autoridades o por los proveedores de servicios de seguridad disponibles en los aeropuertos en los que VIVA opera, por lo que la custodia de dichos equipajes no es exclusiva de VIVA, en consecuencia, VIVA no será responsable por las pérdidas o Daños sufridos por el Pasajero o su Equipaje como resultado de inspecciones.

ARTÍCULO 17 - TRANSPORTES SUCESIVOS

Los transportes efectuados por VIVA con otros transportadores bajo un mismo Pasaje o un Pasaje conjunto se entienden como una sola operación, cuando se trate de un único Contrato de Transporte.

En algunos casos el Pasajero puede adquirir servicios de transporte separados, especialmente cuando realiza compras a través de las agencias de viaje, por lo que es responsabilidad exclusiva del Pasajero informarse respecto de los servicios adquiridos y de las implicaciones de adquirir servicios en contratos de transporte separados. La responsabilidad de VIVA se limita a los casos en los que VIVA comercialice servicios propios o de terceros bajo un único contrato de transporte.

En los casos en que el pasajero adquiera servicios de transporte separados a través de agencias de viaje de cualquier tercero, deberá informarse de las condiciones aplicables a los servicios de transporte de otros Transportadores.

ARTÍCULO 18 – DAÑO

Excepto a lo previsto en la sección a continuación, VIVA no será responsable por pérdida, daño o gasto en el que incurra el Pasajero como resultado del incumplimiento de sus obligaciones establecidos en estas Condiciones del Contrato de Transporte.

VIVA será responsable por los reclamos con respecto a la lesión y muerte del Pasajero, por la demora, la pérdida del equipaje en los términos, límites y condiciones establecidos en el presente Contrato de Transporte, el Código de Comercio Colombiano, los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia RAC, de ser aplicable, la Convención, y cualquier otra normatividad internacional concordante, según corresponda.

Para las condiciones aplicables a equipajes te recomendamos consultar el Artículo 11 de El Contrato. Si el Pasajero desea amparar los riesgos del transporte por cuantías superiores a las allí señaladas, deberá contratar un seguro por su propia cuenta.

ARTÍCULO 19 – ACEPTACIÓN DE RESERVAS

Al efectuarse la compra y ser aceptada, la Aerolínea le asignará al Pasajero un código de reserva, indicándole el Producto al que tiene derecho, así como sus Condiciones Tarifarias.

El contrato de transporte se entiende perfeccionado una vez se da el pago efectivo de la tarifa por parte del Pasajero. Con dicho pago, el Pasajero acepta los términos y condiciones establecidos en el presente contrato. Sin embargo, si el Pasajero quiere hacer cambios tendrá derecho a la reexpedición del Tiquete (pasaje) previo pago de las penalidades y/o condiciones que para dicha reexpedición apliquen según las condiciones establecidas en El Contrato y sus Anexos.

Si el pasajero no viaja (No show), el tiquete no podrá ser utilizado en un futuro y el dinero pagado por la tarifa base, tarifa administrativa, channel fee y fee de servicio según aplique no será reembolsado, siempre y cuando la condición de la tarifa así lo establezca y sea informado al Pasajero.

ARTÍCULO 20 - TARIFAS Y OTROS CARGOS

La Aerolínea, además de la penalidad, tendrá derecho a la diferencia de tarifa, en caso de que, por una modificación a El Contrato solicitada por el pasajero, la tarifa resultada de la modificación, fuere diferente a la de la modificada.

El Precio para los vuelos en una vía (one way) o ida y regreso (round trip) aplican para el transporte desde el aeropuerto en el punto de origen hasta el aeropuerto en el punto de destino y/o regreso (según aplique), a menos que expresamente se disponga algo diferente.

El Precio no incluye servicios adicionales en vuelo como alimentos y bebidas, ni servicio de transporte terrestre entre aeropuertos, o entre aeropuertos y terminales de las ciudades u otros descritos en el Anexo IV, los cuales serán cobrados por aparte en caso de que la Aerolínea los ofrezca y el Pasajero los adquiera.

VIVA podrá cobrar un sobrecargo por combustible, el cual estará incluido en el precio final del pasaje.

Las Tarifas, Ligth, Medium y Full; se refieren a opciones de tarifas en las que se incluyen ciertos servicios adicionales que se adicionaran como paquetes al servicio de transporte adquirido por el pasajero, las cuales son ofrecidas para la compra del Pasaje. Para consultar el detalle de las tarifas haz clic aquí.

Los Precios aplicables son los efectivos al momento de la adquisición del Tiquete (Pasaje), aceptadas por el Pasajero, y continuarán vigentes mientras el Tiquete (Pasaje) conserve su vigencia, salvo que se exprese de manera distinta en las Condiciones Tarifarias.

El Precio establecido podrá estar sujeto a cambios antes de realizada la compra del Pasaje.

Los Pasajeros tienen derecho a adquirir servicios adicionales siempre y cuando paguen el precio correspondiente, los cuales pueden ser adquiridos entre otras en la página web, call center, agencias de viaje y en el aeropuerto. VIVA podrá aplicar distintos precios dependiendo del lugar y el momento en el que se adquieran los servicios adicionales.

Se otorgará un 10% de descuento en la tarifa base del tiquete aéreo para los militares colombianos que compren un tiquete nacional. Este descuento únicamente será aplicado para tiquetes comprados directa y personalmente por el militar en los aeropuertos que opera la Aerolínea, presentando su documento de identidad y tarjeta militar correspondiente. Este descuento es personal e intransferible.

Si el cliente elige pagar en efectivo de manera presencial, la Aerolínea se reserva el derecho de cobrar un recargo a título de tarifa administrativa.

Los turistas que viajan hacia la Isla de San Andrés deben comprar la tarjeta de turismo en el módulo de atención al pasajero o en la sala de espera el día de vuelo, la cual no está incluida en el costo del pasaje.

Si una vez la reserva ha sido confirmada y el pago aprobado, el Pasajero decide aplicar un cambio (nombre/fecha/ruta) y/o adición de servicios a través de la página web, call center, aeropuertos y/o agencia de viajes, la aerolínea generará un recargo por la nueva transacción de pago que se genere. Este será aplicado al total de la reserva y no por Pasajero. Este valor no será reembolsable.

En cuanto a los menores de edad:

  1. Los infantes (menores entre los 10 días de nacidos y 24 meses) no ocuparán un asiento.
  2. Para vuelos nacionales, un pasajero adulto puede viajar con un infante sin pagar tarifa alguna por éste, siempre y cuando el menor viaje en sus brazos y no ocupe un asiento.
  3. Para vuelos internacionales, los infantes pagarán un 10% de la Tarifa del adulto y los impuestos y tasas que apliquen.
  4. Los niños (de 24 meses más 1 día y hasta 12 años) deberán ocupar un asiento, y por lo tanto pagarán la totalidad de la Tarifa, tasas, impuestos y otras contribuciones cuando se trate de tarifas promocionales. En el caso de contratos de transporte nacionales a ser efectuados en Colombia a los niños menores de doce (12) años, se les cobrará una tarifa máxima equivalente a las dos terceras partes (2/3) de la tarifa correspondiente, con derecho a ocupar silla.

ARTICULO 21 - CAMBIOS

El Pasajero puede hacer cambios de nombre, fecha, hora o ruta y adicionar servicios a través de la página web www.vivaair.com, call center, en los aeropuertos donde la Aerolínea tiene un punto de venta o en una agencia de viajes.

Al realizar un cambio el Pasajero tendrá derecho a la reexpedición del tiquete (pasaje) previo pago de las penalidades y/o condiciones que para dicha reexpedición se establezcan.

Si el Pasajero realiza cambios a un producto ya adquirido, tales como fecha, hora, nombre del Pasajero, ruta y/o adición de servicios, y las sumas por dichos cambios no son pagadas en los plazos establecidos, se entenderá que el Pasajero ha desistido de su solicitud de cambio y en tal caso los cambios solicitados no surtirán efecto.

Los cambios pueden ser realizados por el Pasajero a través de la página web a más tardar dos (2) horas antes de la salida programada del respectivo vuelo para vuelos nacionales y tres (3) horas antes de la salida programada del respectivo vuelo para vuelos internacionales.

Los cambios de ruta, vuelo y nombre solo se pueden hacer antes de realizar el web check-in.

Adicionalmente el Pasajero deberá pagar cualquier cargo que se derive del cambio.

En caso de que se produjese algún cambio en cuanto al vuelo, horario o, en general cualquier aspecto que afecte las condiciones inicialmente acordadas, La Aerolínea informará de tal situación al Pasajero una vez la Aerolínea tenga conocimiento de esto.

Los cambios de fecha y/u, hora podrán ser realizados independientemente de si el Pasajero ha volado o no el primer tramo origen-destino sobre una misma reserva, con excepción de vuelos en conexión, donde no se podrán generar fraccionamientos de los tramos de viaje y el cambio deberá realizarse antes de iniciar el vuelo.

Para los cambios de fecha, hora o ruta, los pasajeros que adquirieron una tarifa perteneciente a las familias tarifarias “Base” y “Ligth” deberán pagar el costo por la remisión del nuevo boleto y/o la penalidad aplicable, más la diferencia de tarifa. Para los que adquirieron tarifas correspondientes a las familias tarifarias “Medium” y “Full”, únicamente deberán pagar la diferencia de tarifa. Para conocer más información de cambios haz clic aquí.

En el caso de detectar errores en los datos personales sobre el pasaje, el cliente podrá solicitar el ajuste, siempre y cuando se cumplan las especificaciones descritas aquí. La aerolínea realizará el ajuste mientras no cambie el pasajero original.

ARTÍCULO 22 – MENORES DE EDAD

La Aerolínea no presta el servicio de acompañamiento o recomendados en ninguno de sus vuelos por lo que es responsabilidad exclusiva de los padres o tutores de los menores de edad garantizar el acompañamiento de los menores de edad durante todas las etapas del viaje. Para este efecto la compañía ofrece como servicio adicional el servicio de selección de asiento de tal modo que el menor de edad viaje siempre en compañía de un adulto responsable (ver Anexo IV).

  1. POLÍTICA DE MENORES DE EDAD PARA VUELOS NACIONALES

    1. Los menores entre diez (10) días y doce (12) años, deben viajar en compañía de una persona mayor de dieciocho (18) años. Si viajan en compañía de un adulto diferente a los padres o tutor legal, deberán presentar un permiso de viaje, que indique las fechas de viaje, ruta y nombre de la persona que acompaña el menor con copia del documento de la persona que firme.
    2. Los adolescentes (menores entre los doce (12) años más un (1) día y los diecisiete (17) años) pueden viajar solos, presentando su documento de identidad.
    3. Para viajar es necesario presentar la tarjeta de identidad o si son menores de siete (7) años el registro civil de nacimiento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

  2. POLÍTICA DE MENORES DE EDAD PARA VUELOS INTERNACIONALES

    1. Si el menor viaja con los padres debe presentar:
      1. Pasaporte vigente o documento requerido por el país de destino de acuerdo a la nacionalidad, tanto para los padres como para el menor.
      2. Registro civil de nacimiento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. No se aceptan copias como documento de identificación.
    2. Si el menor viaja acompañado únicamente con uno de los padres, sin padres (solo mayores de catorce (14) años) o con un adulto diferente a los padres/representante legal/tutor debe presentar:
      1. Pasaporte vigente o documento requerido por el país de destino de acuerdo a la nacionalidad, tanto para el menor, como para el padre o tutor/representante legal.
      2. Registro civil de nacimiento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. No se aceptan copias como documento de identificación. Si el menor viaja con el representante legal o tutor debe presentar el Registro Civil de Nacimiento y sentencia en la cual se establezca la representación legal, o Registro Civil de Nacimiento con las anotaciones de la representación legal del menor.
      3. Permiso de salida del país debidamente autenticado ante notario, autoridad consular u otra autoridad debidamente apostillado o legalizado según el caso, suscrito por el padre o tutor que no acompaña al menor. Los permisos de menores para salir del país deben tener fecha de salida y de regreso, nombre de quien viaja con el menor, lugar a donde se dirige y motivo del viaje.
    3. En caso que el infante cumpla 24 meses más 1 día antes o durante la fecha de viaje, deberá adquirir su Pasaje como niño para no tener inconvenientes a la hora de volar.

ARTÍCULO 23 – PASAJEROS VIAJANDO EN CONDICIONES ESPECIALES

Los siguientes pasajeros se consideran viajando en condiciones especiales y están obligados a notificarle a VIVA sobre su condición, para que ésta pueda entregarle el manejo correspondiente previo cumplimiento de las políticas aquí descritas. Para todos los vuelos, excepto aquellos desde/hacia Estados Unidos, el Pasajero debe firmar el formato de Exoneración de Transporte de Pasajeros en Condiciones Médicas Especiales.

  1. MUJERES EN ESTADO DE EMBARAZO

    Toda pasajera en estado de embarazo debe presentarse en el módulo de atención de la Aerolínea mínimo una (1) hora antes de la salida programada del vuelo con el fin de notificar su tiempo de gestación.

    De acuerdo con lo establecido en la reglamentación aplicable las mujeres con período de gestación superior a treinta (30) semanas, no deberán viajar por vía aérea a menos que el viaje sea estrictamente necesario. Tales pasajeras deberán suscribir y presentar un documento avalado con una certificación médica acerca de su aptitud para el viaje, descargando la responsabilidad de la compañía ante cualquier eventualidad que surja de su estado durante el vuelo. El certificado médico indicado deberá tener en cuenta el trayecto y tiempo de duración del vuelo y debe tener una fecha de expedición que no supere diez (10) Días Calendario antes del vuelo.

    No obstante, lo previsto en los anteriores numerales, VIVA se reserva el derecho de permitir o no el transporte de la mujer embarazada. Esta política aplica para vuelos nacionales e internacionales. En caso de que la pasajera no sea admitida, la Aerolínea hará un reembolso total del tiquete de la mujer embarazada.

    Ninguna pasajera embarazada será ubicada en filas de emergencia.

    Es importante señalar que las normas de los distintos Estados o Países en los que VIVA presta sus servicios pueden establecer condiciones más restrictivas para el transporte de mujeres en estado de gestación, por lo que en el caso de diferencias entre las normas aplicables y las condiciones contenidas en este Contrato de Transporte y sus anexos, prevalecerán las disposiciones legales.

  2. PASAJEROS CON MOVILIDAD REDUCIDA Y LIMITACIONES FÍSICAS

    Son los pasajeros que requieren una atención especial durante sus viajes debido a condiciones físicas y/o medicas especiales. Para el transporte de estos pasajeros se deben tener en cuenta los siguientes lineamientos:

    1. Pasajeros invidentes podrán viajar con o sin un perro lazarillo. Estos pasajeros se ubicarán en un asiento de ventanilla. En caso de que un invidente lleve un perro lazarillo éste deberá situarse a los pies del Pasajero.
    2. Los artículos de asistencia como: muletas y caminadores pueden ir en la cabina del avión, también podrán viajar en la bodega del avión sin costo adicional.
    3. Los pasajeros con movilidad reducida requieren acompañante en los siguientes casos cuando la asistencia sea esencial para la seguridad:
      1. Cuando un Pasajero, debido a su discapacidad mental, es incapaz de comprender o responder apropiadamente a instrucciones de seguridad.
      2. Un Pasajero con movilidad severamente reducida incapaz físicamente de asistirse a sí mismo en el caso de una evacuación.
      3. Un Pasajero con discapacidad de visión y audición simultánea severa que le imposibilite comprender las instrucciones de seguridad

  3. PASAJEROS QUE REQUIEREN SERVICIOS DE SILLA DE RUEDAS

    1. Silla de Ruedas Propia:
      1. Estas sillas deberán ser entregadas en el módulo de atención al Pasajero de la Aerolínea o en la sala a la hora de abordar, para ser enviadas por bodega sin ningún costo adicional con su respectiva etiqueta.
      2. Se podrán transportar sillas de ruedas u otras ayudas motrices impulsadas por baterías y baterías secas, siempre y cuando los terminales estén protegidos contra cortos circuitos, la batería se halle dentro de un contenedor, y se pueda asegurar a la silla de ruedas para protegerla de daños causados por movimientos del Equipaje.
      3. Se aceptan sillas de ruedas o elementos de ayuda motriz propulsada por batería siempre y cuando no afecten la seguridad del vuelo, las cuales podrán ser transportadas en la bodega del avión sin costo adicional. Las baterías húmedas o de ácido son consideradas mercancías peligrosas por IATA y no pueden ser transportadas por la Aerolínea. Para conocer más información sobre las condiciones del transporte de sillas propulsadas por batería haz clic aquí.
      4. En caso de que el Pasajero requiera ayuda para el traslado en el aeropuerto, debe solicitar este servicio al menos cuarenta y ocho (48) horas antes de la salida programada del vuelo ya sea a través de la página web, call center o en el aeropuerto, excepto para vuelos desde/hacia Estados Unidos.
      5. Para todos los vuelos, excepto aquellos desde/hacia Estados Unidos, el servicio es otorgado desde el módulo de atención al Pasajero hasta la puerta de embarque, puerta de avión o asiento, según lo solicitado. A la llegada del vuelo, el servicio se entrega hasta la puerta de entrada de la terminal, no incluyendo el estacionamiento. Para los vuelos desde/hacia Estados Unidos el servicio es otorgado a la entrada de la terminal.
      6. Pasajeros en silla de ruedas que puedan valerse por sí mismos en caso de evacuación (en el caso de los vuelos desde/hacia Estados Unidos) o Pasajeros (en el caso de los vuelos desde/hacia Estados Unidos) que tengan la habilidad de asistirse a sí mismos, podrán viajar sin ningún acompañante.
      7. Pasajeros en silla de ruedas que no puedan valerse por sí mismos, excepto en los vuelos desde/hacia Estados Unidos, deben viajar con un acompañante mayor de 18 años y que no tenga ninguna limitación. El Pasajero debe adquirir el tiquete de su acompañante.
    2. Silla de Ruedas en Aeropuerto:
      1. Este servicio podrá solicitarse al menos veinticuatro (24) horas antes de la salida programada del vuelo ya sea a través de la página web, call center o en el aeropuerto. Los pasajeros podrán solicitar este servicio el día de vuelo sin necesidad de hacerlo con anticipación.
      2. El servicio deberá ser otorgado por la Aerolínea desde el módulo de atención al Pasajero, hasta la puerta de embarque, puerta del avión o asiento, según lo solicitado. A la llegada del vuelo, el servicio culmina en la puerta de salida del terminal.
      3. Para todos los vuelos, los pasajeros que requieran sillas de ruedas deben presentarse en el módulo de atención de la Aerolínea en el aeropuerto, mínimo una (1) hora antes de la salida programada del vuelo.
      4. Este servicio no tiene costo adicional.
      5. Los Pasajeros que puedan valerse por sí mismos (capacidad de asistirse a sí mismo, trasladarse, alimentarse y atender sus necesidades fisiológicas) podrán viajar sin ningún acompañante.
      6. Los Pasajeros que no puedan valerse por sí mismos deben viajar con un acompañante mayor de dieciocho (18) años, que no tenga ninguna limitación y que previamente haya adquirido su tiquete (Pasaje).

  4. PASAJEROS QUE REQUIEREN ACOMPAÑAMIENTO DE ANIMALES DE SOPORTE EMOCIONAL

    1. Los Animales de soporte emocional no cuentan como transporte de mascotas. El pasajero no pagará cargo adicional por su transporte y peso.
    2. El Pasajero deberá presentar la documentación de soporte del médico tratante donde justifique el por qué debe viajar con el animal de asistencia y soporte emocional, asimismo el certificado debe incluir el membrete de dicho profesional firmado y no debe tener antigüedad superior a un año antes de la fecha prevista del vuelo.
    3. Los Animales que acompañen a Pasajeros como soporte emocional serán transportados en cabina, al lado del Pasajero al que acompañan y sentados a sus pies. En el caso de perros de asistencia emocional que se encuentran entrenados especialmente para acompañar personas en condición de discapacidad, son permitidos sin guacal dentro de la cabina, siempre y cuando su amo esté ejerciendo control en todo momento sobre él.
    4. Para vuelos internacionales, la Aerolínea sólo permitirá el transporte de animales como soporte emocional, sin restricciones de peso y medidas.
    5. El Pasajero debe presentar la documentación del animal de soporte emocional:
      1. Para vuelos nacionales: Carné o certificado de vacunación, suscrito por un veterinario con indicación de su número de matrícula profesional
      2. Para vuelos internacionales: Carné o certificado de vacunación, certificado de salud del animal expedido y firmado por un veterinario con el número de matrícula profesional e inspección del animal por parte de la autoridad competente en el aeropuerto de origen.

  5. PASAJEROS QUE REQUIERAN ACOMPAÑAMIENTO DE ANIMALES DE ASISTENCIA – LAZARILLO

    1. Los Animales de Asistencia - Lazarillo no cuentan como transporte de mascotas. El pasajero no pagará cargo adicional por su transporte y peso.
    2. Los lazarillos que acompañen a Pasajeros deben ser transportados en cabina, al lado del Pasajero al que acompañan, sentados a sus pies. Los perros lazarillos deben estar entrenados especialmente para acompañar personas en condición de discapacidad y son permitidos sin guacal dentro de la cabina, siempre y cuando su amo esté ejerciendo control en todo momento sobre él.
    3. Para vuelos internacionales, la Aerolínea permitirá el transporte de animales como lazarillo, sin restricciones de peso y medidas.
    4. El viajero debe presentar la documentación del animal de asistencia - lazarillo:
      1. Para vuelos nacionales: Carné o certificado de vacunación, suscrito por un veterinario con indicación de su número de matrícula profesional.
      2. Para vuelos internacionales: Carné o certificado de vacunaciones, certificado de salud del animal expedido y firmado por un veterinario con el número de matrícula profesional e inspección del animal por parte de la autoridad competente en el aeropuerto de origen.

  6. PASAJEROS EN CONDICIONES MÉDICAS ESPECIALES

    Son pasajeros que se encuentran en una condición médica especial, con enfermedad y/o que han sido sometidos a procedimientos quirúrgicos en fechas previas a la realización del vuelo. Su transporte se realiza de acuerdo con los siguientes lineamientos:

    1. Esta condición debe ser informada en el momento de realizar la reserva como mínimo con 24 horas o más de anticipación a la salida del vuelo, ya sea a través del call center, página web o en el aeropuerto.
    2. Todo Pasajero en condiciones médicas especiales y/o con enfermedad debe presentarse en el módulo de atención de la Aerolínea mínimo una (1) hora antes del vuelo y presentar un certificado médico expedido por el médico tratante, con no más de veinticuatro (24) horas de anterioridad a la hora de itinerario prevista para el vuelo; excepto en vuelos desde/hacia Estados Unidos en el cual el periodo de validez es de 10 Días Calendario. El certificado debe indicar el registro profesional del médico, así como las condiciones de salud del Pasajero y su aptitud para realizar el viaje.
    3. Para autorizar el transporte de un pasajero en condiciones médicas especiales se deben tener en cuenta las condiciones definidas en www.vivaair.com. Para conocer el detalle de restricciones y política haz clic aquí.

  7. PASAJEROS QUE REQUIERAN EQUIPOS DE ASISTENCIA

    Son Pasajeros que requieren de equipos médicos especializados para mantener sus condiciones de salud tales como equipos para suministro permanente de oxígeno. Estos Pasajeros serán transportados cumpliendo con los siguientes requisitos:

    1. La Aerolínea no presta el servicio de oxígeno en sus aeronaves.
    2. En los vuelos de VIVA está totalmente prohibido el transporte de botellas de oxígeno, tanto en la cabina de pasajeros como en las bodegas de la aeronave.
    3. Los Pasajeros que requieran oxígeno médico durante el vuelo podrán viajar portando un concentrador de oxígeno portátil “COP” de las siguientes marcas y modelos autorizados por la FAA (para conocer los FAA COPs dirigirse a la página http://1.usa.gov/1MefUvG).
    4. Las regulaciones aeronáuticas prohíben el uso de otras unidades de oxígeno personales, incluyendo aquellas que contengan oxígeno comprimido o líquido ya que son considerados como mercancías peligrosas.
    5. Los Pasajeros que necesiten viajar con equipos terapéuticos vitales deben notificar tal situación a la Aerolínea a través del call center, por lo menos con 24 horas o más de anticipación. Así mismo se exige que se presenten al módulo de atención al Pasajero de la Aerolínea mínimo una (1) hora antes del vuelo con una certificación médica en la que conste que requieren llevar consigo dichos equipos terapéuticos.
    6. El Concentrador de Oxígeno Portátil (COP) será ubicado debajo del asiento en frente del asiento donde se ubique el pasajero.
    7. El pasajero que porta el Concentrador de Oxígeno Portátil (COP) tiene que presentar un certificado médico.
    8. El pasajero que porta el Concentrador de Oxígeno Portátil (COP) deberá tener en cuenta lo siguiente:
      1. El Concentrador de Oxígeno Portátil (COP), y sus baterías deben ser provistos por el Pasajero.
      2. El Pasajero debe ser un adulto o viajar con un acompañante que lo sea. Excepto en los vuelos desde y hacia Estados Unidos.
      3. El Pasajero debe ser capaz de oír las alarmas que transmita el Concentrador de Oxígeno Portátil (COP), de ver los indicadores de alarmas, y de tomar acción en respuesta a esas alarmas; o viajar con un acompañante capaz de hacerlo.
      4. El Pasajero debe viajar con baterías suficientes para una autonomía equivalente al 150% del tiempo programado por itinerario, desde el cierre de puertas hasta la apertura de las mismas. El total de baterías incluye las que se encuentran instaladas en el Concentrador de Oxígeno Portátil (COP).
      5. El Pasajero debe asegurar que el Concentrador de Oxígeno Portátil (COP) y que sus baterías estén en buenas condiciones, libre de daños y deben venir embaladas en forma unitaria, sin que pueda hacer contacto entre ellas con el fin de protegerlas de daños o cortos circuitos. Excepto en los vuelos desde y hacia Estados Unidos.
      6. La negación de embarque por el incumplimiento de las condiciones de viaje, no constituye motivo para una excepción en las regulaciones de la tarifa comprada en el tiquete de viaje.
      7. Los usuarios del Concentrador de Oxígeno Portátil (COP) no pueden sentarse en filas de emergencia o en cualquier asiento que bloquee el acceso de otro pasajero al pasillo.
      8. La Aerolínea no se responsabiliza de proveer baterías para el Concentrador de Oxígeno Portátil (COP) ni de Proveer energía durante el vuelo, del equipo relacionado al Concentrador de Oxígeno Portátil (COP), ni de su estado de conservación.

  8. PASAJEROS CON DISCAPACIDAD MENTAL Y/O PSÍQUICA

    Cuando un pasajero, debido a su discapacidad mental y/o psíquica, es incapaz de comprender o responder apropiadamente a instrucciones de seguridad por ningún motivo debe viajar sólo y requerirá de un acompañante mayor de edad.

    Los Pasajeros que presenten alteraciones de personalidad o conducta que presenten una amenaza contra la seguridad de los Pasajeros y/o hacia los demás, no podrán viajar.

    Las condiciones de estos Pasajeros deben ser informadas en el momento de realizar la compra del tiquete (pasaje) como mínimo con 24 horas o más de anticipación a la salida del vuelo, ya sea a través del call center, página web o en el aeropuerto.

    Todo Pasajero en condiciones médicas especiales y/o con enfermedad debe presentarse en el módulo de atención al Pasajero de la Aerolínea mínimo una (1) hora antes del vuelo y presentar un certificado médico expedido por el médico tratante, con no más de veinticuatro (24) horas de anterioridad a la hora de itinerario prevista para el vuelo; excepto en vuelos desde/hacia Estados Unidos en el cual el periodo de validez es de diez (10) Días Calendario. El certificado debe indicar el registro profesional del médico, así como las condiciones de salud del Pasajero y su aptitud para realizar el viaje.

  9. PASAJEROS EN CONDICIONES JURÍDICAS ESPECIALES.

    Debido a las políticas internas de la Aerolínea se prohíbe el transporte de todo tipo de armas en sus aeronaves, solo pueden viajar pasajeros en condiciones jurídicas especiales que no requieran ser escoltados por guardias armados y que adicionalmente cumplan con los siguientes requerimientos:

    1. La autoridad encargada de la seguridad de los Pasajeros en condiciones jurídicas especiales, son las autorizadas de enviar a VIVA una solicitud para su traslado por lo menos veinticuatro (24) horas antes de la salida del vuelo, con el fin de realizar las coordinaciones necesarias al interior de la Aerolínea.
    2. El Pasajero estará custodiado permanentemente por lo menos por dos guardias de la autoridad responsable de su traslado, quienes deben identificarse ante el personal de la Aerolínea antes de iniciar la atención del check-in.
    3. Tanto el Pasajero como sus guardias deben pasar los filtros y cumplir con los requerimientos de seguridad establecidos por cada aeropuerto.
    4. El pasajero y sus guardias no deben portar ningún tipo de arma, cerillas, encendedores, elementos incapacitantes, o cualquier otro elemento que pueda ser usado como arma dentro de la aeronave.
    5. Solo se permitirán 2 pasajeros en condición jurídica por vuelo.

ARTÍCULO 24 - CONEXIONES

Se entenderá como conexión el cambio de un vuelo a otro que el Pasajero realiza en un punto distinto al de origen y destino indicado en el tiquete para llegar a su destino. Una conexión puede conllevar o no cambio de aeronave y cambio en el número de vuelo. Se entenderán como viajes en conexión, aquellos que se encuentran bajo un mismo código de reserva y considerados bajo un único contrato de transporte en vuelos operados directamente por VIVA.

Si el pasajero tiene una conexión con otra empresa transportadora, bajo reservas independientes, VIVA no será responsable de las pérdidas de conexión salvo aquellos casos en los que VIVA tenga acuerdos con otras aerolíneas. En todo caso VIVA buscará facilitar las conexiones del Pasajero y su equipaje con las aerolíneas con las cuales tiene convenios.

Tipos de reembolsos para vuelos en conexión:

  1. Retracto (aplica para Colombia): Para vuelos en conexión, el reembolso (si aplica) se hará por la totalidad de la reserva, excepto la tarifa administrativa, En caso de que en una reserva se encuentre más de un pasajero, la misma se dividirá y se hará la devolución de dinero al pasajero que lo solicita.

  2. Desistimiento: No se permite el fraccionamiento de la reserva, es decir, el tiquete se entiende completo por el trayecto origen-destino con sus respectivas escalas (puntos de conexión). En este sentido, sólo se hará el reintegro del dinero correspondiente a tasas, impuestos y servicios adicionales. El Pasajero podrá desistir del viaje hasta 24 horas antes del inicio de este siempre y cuando el Contrato de Transporte origine en Colombia. El transportador podrá retener hasta un 10% del valor de la Tarifa, excluyendo tasas, impuestos, tarifa administrativa, channel fee y fee de servicio según aplique. Lo dispuesto en el presente literal no aplicará cuando se trate de tarifas promocionales.

  3. Reembolso por afectación operacional: Se hará el reembolso por origen-destino y por la totalidad de la reserva. El reembolso no se hará por trayecto fraccionado.

ARTÍCULO 25 - TRANSPORTE DE RESTOS HUMANOS

VIVA no transportará restos humanos. El transporte de cenizas está permitido, siempre que esté empaquetada en un contenedor seguro y se lleve como Equipaje de Mano.

Los Pasajeros se deben asegurar de reportar las cenizas a la Aerolínea al momento de su Check-in (Documentación) en el módulo de atención al Pasajero de la Aerolínea en el respectivo aeropuerto.

CAPÍTULO IV - ANEXOS

ANEXO I - FORMAS DE PAGO

VIVA se reserva el derecho de aceptar o rechazar uno o más medios de pago, conforme sus políticas comerciales y los acuerdos vigentes que tenga con terceros proveedores de plataformas de pago y servicios financieros.

En caso de pago directo con tarjetas de crédito o débito, todas las transacciones se perfeccionarán con el cargo a la tarjeta.

La Aerolínea podrá rehusarse a transportar al Pasajero si no ha pagado efectivamente la Tarifa de los servicios de transporte contratados o cualquier otro cargo proveniente de declaraciones hechas por el Pasajero. Se entiende que no se ha pagado efectivamente la Tarifa o cualquier otro cargo, cuando el pago realizado mediante un instrumento de crédito o tarjeta débito ha sido rechazado o no ha sido debitado. También se entenderá que hay ausencia de pago cuando sea aplicado un contracargo que afecte la transacción efectuada por la compra de servicios de VIVA, independientemente del canal de compra utilizado por el Pasajero. En este caso la Aerolínea no estará sujeta a responsabilidad alguna.

Las Tarifas y cargos deben ser pagados en la moneda aceptable por la Aerolínea y a las tasas de cambio determinadas al momento de la expedición del Tiquete (pasaje).

Para ver el detalle de las opciones de pago, haz clic aquí.

  1. Los pagos de los servicios adicionales se pueden hacer en el momento de la compra del tiquete (pasaje) mediante la opción de:

    1. Call center con pago directo mediante cargos a tarjetas de crédito disponibles de acuerdo al canal, o indirectos a través de los puntos de pago presenciales activos al momento del pago.
    2. Página web www.vivaair.com con pago directo mediante cargos a la tarjeta débito o crédito o pagos en efectivo de manera presencial.
    3. Agencia de Viajes a través de pago indirecto.
    4. Aeropuertos en el módulo de atención al pasajero de la Aerolínea con pago directo mediante cargos a la tarjeta débito, crédito o pagando en efectivo.
    5. Puntos de venta de la Aerolínea con pago directo mediante cargos a la tarjeta débito, crédito o pagando en efectivo.

  2. Los cambios y los servicios adicionales agregados luego de la compra pueden ser pagados únicamente mediante las siguientes opciones:

    1. Call center con pago directo mediante cargos a tarjetas de crédito disponibles de acuerdo al canal, o indirectos a través de los puntos de pago presenciales activos al momento del pago.
    2. Página web www.vivaair.com/co con pago directo mediante cargos a la tarjeta débito o crédito.
    3. Agencia de Viajes a través de pago indirecto.
    4. Aeropuertos i) en el módulo de atención al pasajero de la Aerolínea con pago directo mediante cargos a la tarjeta débito, crédito o pagando en efectivo, ii) en la sala de espera mediante pagos en efectivo. Únicamente se podrán hacer cambios en el aeropuerto donde la Aerolínea tenga un punto de venta.
    5. Pago presencial.

ANEXO II - CHECK-IN Y TIEMPOS DE PRESENTACION

CHECK-IN

El pasajero deberá realizar el proceso de Check-in en cualquier canal (web, call center, aeropuerto); para obtener su Pase de Abordar y completar la validación de los documentos requeridos para el viaje.

La presentación del Pase de Abordar impreso o digital y del documento de identidad del pasajero, son un requisito indispensable para abordar el avión.

Al realizar el proceso de web Check-in para una reserva, quedan documentados todos los pasajeros que se encuentran bajo la reserva con la que se ingresó al sistema.

Las opciones para obtener el Pase de Abordar son:

  1. Página web:

    El pasajero podrá realizar su proceso de web Check-in a través de la página www.vivaair.com de manera gratuita, desde cuarenta y ocho (48) hasta dos (2) horas antes de la salida programada para vuelos nacionales y tres (3) horas antes para vuelos internacionales.

    El Pase de Abordar debe ir impreso o en formato digital, por cada uno de los pasajeros que registran en el Tiquete (pasaje). La obtención del pase de abordar impreso a través del web Check-in es GRATIS. Y la obtención del pase de abordar digital a través del web Check-in es GRATIS

    En caso de no generar el web Check-in a través de la página www.vivaair.com , el servicio de Check-in en el Aeropuerto tendrá un costo adicional.

    Los siguientes pasajeros no estarán habilitados para realizar el web Check-in a través de la página www.vivaair.com y deberán presentarse en el módulo de atención al pasajero en el Aeropuerto para obtener su Pase de Abordar sin costo adicional:

    1. Pasajeros viajando en condiciones especiales.
    2. Pasajeros viajando con animales (perros o gatos según las especificaciones de la Aerolínea).

  2. Check-in en el Aeropuerto, teniendo en cuenta:

    Es un servicio Adicional el cual debe ser pagado por el pasajero. La tarifa Full tiene incluido el servicio de Check-in en Aeropuerto.

    Si el pasajero realizó el proceso de web Check-in pero pierde su Pase de Abordar, la reimpresión en el counter de Aeropuerto “NO” tendrá un costo adicional. El cobro de este producto es sólo para aquellos pasajeros que no hayan realizado el proceso de Check-in.

    Si el pasajero hace web Check-in y NO PRESENTA LA IMPRESIÓN DEL PASE DE ABORDAR, el pasajero tendrá la opción de presentar su PASE DE ABORDAR DIGITAL de manera GRATUITA.

    Si el pasajero presenta en el aeropuerto el pase de abordar digital y este por error no es leído por el lector de código de barras; se procederá a exonerar el cobro del servicio de checkin in aeropuerto porque el pasajero trajo la evidencia de que sí realizó el checkin. El cobro de este producto es sólo para aquellos pasajeros que no hayan realizado el proceso de Check-in.

TIEMPOS DE PRESENTACIÓN EN SALA

Para vuelos nacionales el Pasajero debe presentarse con al menos una (1) hora de anticipación a la salida programada del vuelo. Para vuelos internacionales el tiempo mínimo de presentación será de dos (2) horas.

Es responsabilidad del Pasajero verificar la sala de espera asignada por el aeropuerto en las pantallas del mismo, ésta podrá cambiar en cualquier momento.

ANEXO III – CONDICIONES ADICIONALES DE EQUIPAJE

VIVA, ofrece la posibilidad de transportar distintas piezas y tipos de equipajes en cabina o en bodega como parte de los paquetes “Medium” y “Full”. Sin embargo, estos productos también podrán ser adquiridos de manera separada con posterioridad a la compra inicial, caso en el cual podrán variar los precios de los productos, según el momento de la compra, el peso de la pieza de equipaje, la ruta y el tipo de pieza a ser transportada.

La aerolínea podrá aceptar piezas de veinte (20), veinticinco (25) y treinta (30) kilogramos, aplicando precios diferentes en función del peso, ruta y tipo de equipajes.

A continuación, se describen las características y condiciones aplicables a las distintas piezas y tipos de equipaje que pueden ser transportadas con costo adicional:

  1. EQUIPAJE EN CABINA CON COSTO ADICIONAL

    1. Es un servicio adicional por el cual el Pasajero debe pagar (consulta el detalle de precios del equipaje en cabina aquí) y el cual le da derecho a transportar su equipaje en la cabina del avión.
    2. Son hasta dos (2) piezas permitidas por Pasajero de máximo doce (12) kilogramos y dimensiones máximas de 55x45x25 centímetros, incluyendo ruedas, manijas y agarraderas. Esta pieza debe ir ubicada y caber en los compartimientos superiores durante el vuelo (sujeto a las condiciones de la tarifa adquirida).
    3. Si el Equipaje en cabina excede las medidas o peso permitido por la Aerolínea, el Pasajero deberá pagar el valor correspondiente al nuevo producto, dependiendo del lugar de compra para llevarlo como Equipaje en bodega (conoce los precios del equipaje en bodega aquí).
    4. Si el pasajero se presenta con su Equipaje en cabina en la sala de abordaje, y éste excede las medidas o peso permitido, deberá ser llevado por su propietario al módulo de atención al pasajero de la Aerolínea (punto de check-in), cumpliendo con los tiempos de presentación. En el caso de incumplir con las medidas, pesos, cobros adicionales y/o tiempos descritos por la Aerolínea, ésta no será responsable por la custodia del equipaje ni por la pérdida del Pasaje.
    5. Los líquidos y geles que transportes a bordo, deben ir empacados en bolsas transparentes y selladas, en envases de 100 ml que juntos suman 1.000 ml.
    6. No debes llevar elementos inflamables, armas de fuego o gases comprimidos.
    7. Los valores de este equipaje aplican por persona y por trayecto.

    Para consultar la tarifa en vuelos internacionales y domésticos que incluyen este producto haz clic aquí.

  2. EQUIPAJE EN BODEGA

    VIVA ofrece la posibilidad de transportar distintas piezas y tipos de equipaje en bodega, bajo las siguientes condiciones. VIVA aplicará precios diferentes en función del peso de la pieza de equipaje, pudiendo ser de veinte (20), veinticinco (25) o treinta (30) kilogramos. El Pasajero podrá incluir hasta tres (3) maletas en bodega por cada categoría de peso.

    1. Es un servicio adicional por el cual el Pasajero debe pagar (conoce el detalle de precios aquí) y el cual le da derecho a transportar su equipaje en la bodega del avión.
    2. El peso y las medidas permitidas para el Equipaje en bodega (20), veinticinco (25) o treinta (30) kilogramos y 158 cm lineales (alto + largo + ancho) por cada pieza de maleta en bodega.
    3. El Pasajero podrá llevar como las piezas de equipaje en bodega, cajas, bultos o neveras de Icopor (tecnopor)/plásticas, siempre y cuando cumplan con las dimensiones y pesos permitidos y viajen debidamente selladas.
    4. Las neveras no pueden contener hielo seco, ni húmedo y podrán transportar alimentos no perecederos, alimentos secos, enlatados, aunque no requieran refrigeración.
    5. Las cajas de cartón solo se recibirán si están en buenas condiciones para su transporte. Deben ir selladas completamente, con refuerzos para evitar que se desfonden y marcadas con el nombre completo, dirección y teléfono de residencia del Pasajero.
    6. Como bulto se entiende cualquier paquete que no sea una maleta, que sea resistente y no se rompa durante la manipulación en el traslado. Bolsas plásticas o de basura no serán permitidas.
    7. La Aerolínea asume la custodia de este equipaje una vez el pasajero entregue dichas piezas en el módulo de atención al pasajero, sin embargo, es posible que en ciertos momentos el equipaje pase a estar en custodia de terceros, como concesionarios o administradores aeroportuarios proveedores de servicios de seguridad propios o de terceros, autoridades aduaneras o de policía, situación que el Pasajero declara conocer y aceptar.
    8. El Equipaje en bodega debe ser entregado en el Módulo de atención al pasajero a más tardar sesenta (60) minutos antes de la salida programada para vuelos nacionales y noventa (90) minutos para vuelos internacionales. Una vez pasado este tiempo, el equipaje no será admitido.
    9. Por cada pieza de Equipaje en bodega que reciba la Aerolínea, se le entregará al Pasajero una constancia de recepción (etiqueta).
    10. Los infantes no podrán viajar con Equipaje en bodega.
    11. Si el Equipaje en bodega excede el peso permitido, el Pasajero deberá pagar el valor correspondiente a la penalidad por kilogramo extra (conoce el detalle de precios del equipaje en bodega haciendo clic aquí) o hacer un upgrade a la siguiente categoría de peso, a elección del Pasajero.
    12. El equipaje podrá ser llevado desde las salas de abordaje hasta las bodegas del avión. Esto significa que el equipaje en bodega y/o sobredimensionado que se presente en sala, deberá ser pagado para registrarlo debidamente en el sistema y poder embarcarlo.
    13. En el caso de incumplir con: medidas, peso, cobros adicionales y/o tiempos descritos por la Aerolínea, ésta no será responsable por la custodia del equipaje ni por la pérdida del Pasaje.
    14. Siempre que sea posible, el Equipaje en bodega será transportado en el mismo avión en el que es transportado el Pasajero, a menos que por seguridad o motivos operacionales la Aerolínea decida transportarlo en otro vuelo.
    15. Si el Equipaje en bodega es transportado en un vuelo distinto al del Pasajero, la Aerolínea lo enviará a la dirección del lugar de destino que el Pasajero registre para tal efecto, a menos que por requerimiento legal se exija su inspección y la presencia del Pasajero para la misma.
    16. El Equipaje en bodega transportado se entregará en el lugar de destino, con la presentación y entrega de la respectiva constancia (etiqueta) de cada pieza.
    17. Las reclamaciones por retraso, pérdida, daño, avería o saqueo del Equipaje en bodega, deberán presentarse por el Pasajero en el acto de entrega a más tardar dentro de los siete (7) Días Calendario siguientes por daños y veintiún (21) Días Calendario por demoras, cuando circunstancias especiales impidan el inmediato reconocimiento del mismo.
    18. Se entiende por "retraso", toda demora que se provoque en la entrega del Equipaje en bodega y que se haya producido por responsabilidad directa de la Aerolínea, a menos que la demora se cause por la decisión de la Aerolínea de transportarlo en un vuelo alternativo por razones de seguridad u operacionales.
    19. El Pasajero deberá reclamar su Equipaje en bodega tan pronto como esté disponible en su destino. Si el pasajero viaja en conexión y uno de los vuelos es al siguiente día, el pasajero deberá reclamar el equipaje en las bandas del aeropuerto y entregarlo al siguiente día en el módulo de atención al pasajero para retomar su viaje.
    20. Si el Equipaje en bodega no es reclamado dentro de los tres (3) meses siguientes contados a partir del día en que debió arribar, la Aerolínea podrá disponer de él sin la autorización del Pasajero.
    21. El Equipaje en bodega solo se entregará a quien la Aerolínea pueda identificar plenamente como quien hizo el registro y tenga la respectiva constancia (etiqueta) o a quien, no habiendo realizado dicho registro, pruebe a satisfacción de la Aerolínea que tiene derecho a reclamarlo (para la validación la Aerolínea exigirá como mínimo copia del documento de identidad del pasajero y carta de autorización firmada para la entrega a un tercero).
    22. La Aerolínea no se hace responsable por los daños físicos, superficiales y estéticos causados al equipaje como resultado del movimiento normal y transporte del mismo, tales como: cierres, manijas, agarraderas, ruedas u otros componentes que sobresalgan de la pieza entregada, siempre y cuando se trate de daños que no se extiendan más allá del uso y desgaste normal. Excepto en las rutas desde/hacia Estados Unidos.
    23. No es posible aforar dos (2) o más equipajes unidos como una (1) sola pieza.

    Conoce mayor información sobre las medida, peso y precios del equipaje aquí)

  3. EQUIPO DEPORTIVO

    VIVA ofrece la posibilidad de transportar algunas piezas de equipaje deportivo en bodega. El Pasajero podrá incluir hasta tres (3) piezas de equipaje deportivo en bodega.

    1. Se consideran artículos deportivos: Equipo de golf, equipo de pesca, equipo de buceo, equipo para esquiar, equipo de arquería deportiva (únicamente en bodega, no incluye caza deportiva), equipo de hockey, equipo de lacrosse, equipo de kitesurf o kiteboard, equipo de surf, equipo de windsurf, equipo de campamento (no se aceptan hornos, lámparas de aceite, entre otros), bicicletas no motorizadas de un solo asiento correctamente embaladas (llantas desinfladas, los manubrios deben ir plegados y los pedales sueltos, asimismo deberá contar con la debida protección), bolos, raqueta, dos (2) remos, paracaídas, tacos de billar.
    2. El peso máximo para el equipo deportivo es de treinta y dos (32) kilogramos y las medidas máximas son trescientos sesenta y seis (366) centímetros lineales, los cuales corresponden a la suma del largo, ancho y alto del equipaje.
    3. La Aerolínea no transporta armas de fuego, armas deportivas, equipo de cacería o municiones.
    4. Equipo deportivo como artículo personal: Si el equipo deportivo cumple con las medidas y peso del artículo personal (conoce los detalles del equipo deportivo como artículo personal aquí), podrá ir en la cabina del avión sin costo adicional.
    5. Equipo deportivo en cabina: Para el equipo deportivo cuyo empaque no exceda los 100x37x25 centimetros y doce (12) kilogramos se podrán llevar en los compartimientos superiores de la cabina del avión comprando este servicio (consulta el detalle de precios del equipo deportivo en cabina aquí).
    6. Equipo deportivo en la bodega del avión: Si el equipo deportivo no cumple con ninguna de las medidas anteriores, el Pasajero lo podrá llevar en la bodega del avión comprando este servicio (conoce el detalle de precios del equipo deportivo en la bodega del avión aquí). No podrá exceder los treinta y dos (32) kilogramos, ni los trescientos sesenta y seis (366) centímetros lineales, los cuales corresponden a la suma del largo, ancho y alto del equipaje. Los equipos deportivos en la bodega del avión deben ir bien protegidos en un estuche rígido y el Pasajero debe firmar el recibo de responsabilidad limitada ubicado en la parte trasera de la etiqueta asignada al equipaje, donde se indica que la Aerolínea no se hará responsable del estado del mismo en bodega, por ser no convencional.

  4. INSTRUMENTO MUSICAL

    VIVA ofrece la posibilidad de transportar algunas piezas de equipaje como instrumentos musicales en bodega. El Pasajero podrá incluir hasta tres (3) piezas de equipaje como instrumentos musicales en bodega.

    1. VIVA permite el transporte de instrumentos musicales como guitarras, baterías, trompetas, etc., pudiendo aplicar cargos adicionales.
    2. Instrumento musical como artículo personal: Si el instrumento musical cumple con las medidas y peso del artículo personal (consulta los detalles del instrumento musical como artículo personal aquí), podrá ir en la cabina del avión sin costo adicional. Los instrumentos musicales que viajen en la cabina del avión deben ir dentro de un estuche blando.
    3. Instrumento musical en cabina: Para los instrumentos cuyo empaque no excedan los 100x37x25 centímetros y doce (12) kilogramos se podrán llevar en los compartimientos superiores de la cabina del avión comprando este servicio (consulta los detalles de los precios del instrumento musical en cabina aquí).
    4. Instrumento musical en la bodega del avión: Si el instrumento no cumple con ninguna de las medidas anteriores, el Pasajero lo podrá llevar en la bodega del avión comprando este servicio (consulta los detalles de precios del instrumento musical en la bodega del avión aquí). Para transportar el instrumento en la bodega las medidas no deben exceder los treinta y dos (32) kilogramos ni los trescientos sesenta y seis (366) centímetros lineales, los cuales corresponden a la suma del largo, ancho y alto del equipaje.
    5. Los instrumentos musicales en la bodega del avión deben ir bien protegidos en un estuche rígido y el Pasajero debe firmar el recibo de responsabilidad limitada ubicado en la parte trasera de la etiqueta asignada al equipaje, donde se indica que la Aerolínea no se hará responsable del estado del instrumento musical en bodega, por ser equipaje no convencional.

  5. MASCOTA

    1. La Aerolínea transporta únicamente mascotas como equipaje adicional en la cabina del avión para vuelos nacionales. Para conocer las condiciones de viaje de animales de soporte emocional o lazarillos ver Anexo IV (conoce más detalles aquí).
    2. El transporte de la mascota está sujeta al pago del servicio adicional (conoce el detalle de precios y condiciones adicionales aquí) y al previo cumplimiento de las condiciones descritas por la Aerolínea.
    3. La Aerolínea únicamente transporta perros y gatos. Ningún otro tipo de animal está permitido en el avión.
    4. La edad mínima del animal a transportar es de ocho (8) semanas. Animales menores a esta edad no podrán viajar.
    5. La mascota debe viajar dentro de un guacal de tela. El peso máximo por animal incluyendo el guacal de tela no debe superar los 10Kg y 55x35x25cms (mascota + guacal). No se permite el transporte de la mascota en ningún otro tipo de maletín; carteras, bolsos u otro tipo de elementos no son considerados aptos para el transporte de la mascota.
    6. Sólo se permite una (1) mascota por pasajero. En todo caso el número de animales a transportar en cada vuelo está limitado a seis (6).
    7. La Aerolínea no será responsable:
      1. De la alimentación, cuidado e higiene de las mascotas.
      2. De las lesiones y enfermedades que pueda sufrir por el transporte.
      3. De la muerte de la mascota.
      4. De que se le niegue el paso por cualquier país, estado o territorio.
    8. La mascota debe viajar debajo del asiento delantero.
    9. En ningún momento la mascota puede ser sacada del guacal, ni en la plataforma, ni al interior del avión. Si por motivos de inspección o validación de la Aerolínea es necesario que el animal sea retirado del guacal, éste deberá permanecer con collar, correa y bozal (animales que por su morfología se les dificulte la respiración y no puedan utilizar bozal para la inspección, no podrán ser transportados).
    10. La mascota debe tener el carné de vacunas al día y estar en óptimas condiciones de aseo y salud. Se rechazarán todos los animales que por sus características especiales (mal olor, estado sanitario, higiene o comportamiento violento) puedan resultar molestos para el resto de los pasajeros.
    11. El Pasajero deberá cumplir con los requisitos sanitarios de la ciudad de origen, lugares de conexión y destino, según corresponda.
    12. Los Pasajeros viajando con mascotas, deberán presentarse en el módulo de atención al pasajero de la aerolínea por lo menos noventa (90) minutos antes de la salida programada del vuelo y presentar la documentación del animal (certificado o carné de Vacunación suscrito por un veterinario con indicación de su matrícula profesional).
    13. El valor derivado de vacunas, carnés o certificaciones de salud del animal transportado, así como los derivados de la guarda o cuarentena del mismo serán a cargo del pasajero.
    14. Si el pasajero compra el servicio adicional de Mascota, el web check-in no estará disponible. El mismo deberá presentarse en el módulo de atención al pasajero de La Aerolínea donde se le hará entrega del pase de abordar sin costo adicional.

ANEXO IV – SERVICIOS ADICIONALES

Generalidades

El presente anexo establece las políticas en relación con las características y condiciones de los servicios adicionales ofrecidos por la Aerolínea, las cuales podrán cambiar en cualquier momento.

Todos los servicios adicionales deben ser pagados, independiente de si se adquieren en el momento de la compra del Pasaje o después. Los cargos, opciones y tiempos habilitados para la compra de los servicios adicionales podrán ser consultados haciendo clic aquí.

Los servicios adicionales son personales e intransferibles.

Si el Pasajero adquiere alguno de los servicios adicionales de la Aerolínea y en el aeropuerto decide no utilizarlos, éstos no tendrán lugar a devoluciones. Los servicios adicionales se cobran por trayecto, excepto cuando se trata de viajes en conexión.

Para viajes que incluyen una conexión, los servicios adicionales se cobrarán una sola vez por origen-destino excepto el servicio de asignación de asiento que se cobra por trayecto en cualquier tipo de viaje.

Los servicios adicionales se podrán adquirir a través de la página web hasta dos (2) horas antes de la salida programada para vuelos nacionales y tres (3) para internacionales.

SERVICIOS ADICIONALES OFRECIDOS POR LA AEROLÍNEA:

  1. EQUIPAJES

    Ver Anexo III. Para conocer los detalles, información y precios del equipaje haz clic aquí.

  2. MASCOTAS

    Ver Anexo III. Para conocer los detalles, información y precios de equipaje como mascota haz clic aquí.

  3. FILA EXPRESS

    Este servicio adicional permite que los Pasajeros utilicen una fila prioritaria para entregar el Equipaje, realizar el check-in en el módulo de atención al pasajero de la Aerolínea y para abordar al avión

    1. En los aeropuertos que opera la Aerolínea se destinará un módulo de atención al pasajero exclusivamente para el servicio de Fila Express, de acuerdo a la disponibilidad.
    2. En ningún caso, el servicio de Fila Express exonerará el pago de penalidades de otros servicios por incumplimiento de sus condiciones.
    3. Los precios de este servicio pueden variar por el canal y lugar de compra.
    4. El servicio de Fila Express incluye el Embarque prioritario

  4. ASIGNACIÓN DE ASIENTO

    1. La Aerolínea ofrece el servicio de asignación de asiento como un servicio adicional, el cuál será cobrado por pasajero y trayecto si el Pasajero decide adquirirlo.
    2. Si el Pasajero no adquiere el servicio de asignación de asiento, el sistema le asignará un asiento al azar sin costo adicional. Si el Pasajero se encuentra en una reserva con varios pasajeros, la Aerolínea no asegura que se asignarán asientos continuos.
    3. Los pasajeros que seleccionaron la opción de asistencia especial en el proceso de compra y que no les deje seleccionar el asiento, deben dirigirse al módulo de atención al pasajero de la Aerolínea el día del vuelo para asignarles un asiento y entregarles el pase de abordar sin costo adicional. La asignación de asientos para personas que requieren asistencia especial no tiene ningún costo adicional.
    4. La Aerolínea ha designado unos asientos para pasajeros viajando con infantes, las cuales podrán variar de precio dependiendo de la ubicación dentro del avión.
    5. Los pasajeros que compraron el servicio de mascota (ver Anexo III), únicamente podrán escoger los asientos habilitados para este tipo de servicio.
    6. Si el pasajero no adquiere el servicio de asignación de asiento al momento de la compra del pasaje, el sistema le asignará uno de forma gratuita y aleatoria solo al momento de realizar el check-in, ya sea por la página web, llamando al Call center o en el aeropuerto.
    7. Los cambios de asiento únicamente pueden realizarse por la página web, en el módulo de atención al pasajero el día de vuelo o a bordo de la aeronave. Si se escoge un asiento de mayor valor se deberá pagar la diferencia, en caso de escoger uno de menor valor el dinero no será reembolsado.
    8. La Aerolínea no presta el servicio de acompañamiento o recomendados en ninguno de sus vuelos por lo que es responsabilidad exclusiva de los padres o tutores de los menores de edad garantizar el acompañamiento de los menores de edad durante todas las etapas del viaje. Para este efecto la compañía ofrece como servicio adicional el servicio de selección de asiento de tal modo que el menor de edad viaje siempre en compañía de un adulto responsable
    9. Las personas que compren los asientos ubicados en las salidas de emergencia deben cumplir con los requisitos mencionados a continuación. En caso de no cumplirlos al momento de abordar la aeronave, la tripulación podrá cambiarle de asiento y el dinero no será reembolsado. El Pasajero deberá:
      1. Entender las instrucciones verbales, cuando la tripulación lo indique.
      2. Tener al menos 15 años.
      3. No estar en embarazo.
      4. Tener la suficiente fuerza o destreza para poder abrir la salida de emergencia.
      5. No tener limitaciones auditivos o visuales.
      6. No requerir un cinturón de extensión para abrocharse.

  5. FLEXIBILITY

    1. Este producto permite efectuar un cambio de hora de vuelo por cada trayecto comprendido en el tiquete. El cambio se puede efectuar por una única vez sin pago (sin cobro de la tarifa por cambio y sin cobro de la diferencia tarifaria).
    2. Este producto no es reembolsable, ni canjeable por otros productos o servicios.
    3. Ventana de redención del producto:
      1. El cambio debe hacerse a través de la página web www.vivaair.com hasta 2 horas antes de la salida programada para vuelos nacionales. Una vez vencido este periodo no se podrán efectuar cambios.
      2. La redención de este producto no se podrá efectuar por los canales Call Center y Aeropuertos, debe hacerse por medio de la página web en el módulo “Mi reserva”

  6. SEGURO DE VIAJE

    1. El seguro de viaje es un producto no comercializado por VIVA.
    2. El producto será ofrecido y comercializado por compañías de seguros legalmente habilitadas para ofrecer productos de seguros en los países en los que esté disponible para compra, por lo que la relación de consumo celebrada entre el Pasajero adquirente del producto y la aseguradora será gobernada por los términos y condiciones del producto, los cuales podrán ser consultados por el Pasajero en el flujo de compra del Producto.
    3. La Aerolínea sólo actúa como ente recaudador por concepto del programa de asistencia en viaje(Conoce los detalles de precios y cobertura haciendo clic).
    4. Al comprar el Programa Seguro de Viaje, quedarás cubierto hasta 12 horas antes de tomar tu vuelo y hasta 12 horas después de aterrizar en tu destino final, con un máximo de 90 Días Calendario durante el viaje.

  7. PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADICIONALES OPERADOS POR TERCEROS

    1. La Aerolínea tiene acuerdos con terceras empresas que ofrecen a los Pasajeros otros servicios adicionales diferentes al de Transporte Aéreo, algunos de los cuales pueden ser comercializados a través de la pagina web www.vivaair.com
    2. Estos servicios adicionales tales como reservas de hotel, paquetes, rentade autos, servicio de parqueadero y seguro de viaje, se acogerán únicamente a los términos y condiciones ofrecidos por los terceros que suministren esos servicios.
    3. La Aerolínea limita su responsabilidad a la comercialización de los servicios y no será responsable por las fallas en la prestación de los mismos.

ANEXO V- ACUERDOS INTERLÍNEA Y OTROS ACUERDOS COMERCIALES

VIVA podrá celebrar acuerdos mediante los que se provee transporte usando los servicios de una o más aerolíneas, y bajo los cuales las aerolíneas participantes aceptan entre sí sus políticas de equipaje y de tiquetes (Pasajes). Estos acuerdos tienen incluidas las definiciones para la partición de ingresos, comisiones y otro tipo de cargos correspondientes a la prestación del servicio entre las aerolíneas participantes en el transporte, las cuales se aplicarán al momento de generar devoluciones o reembolsos.

En algunos casos, de acuerdo a lo dispuesto en los instrumentos y acuerdos bilaterales o multilaterales ratificados por los Estados donde VIVA desarrolla sus operaciones comerciales, La Aerolínea podrá actuar como Transportista de Hecho o Transportista Contractual, caso en el cual la responsabilidad de VIVA se limitará a lo dispuesto en el instrumento bilateral o multilateral aplicable, pudiendo actuar VIVA como agente de otras Aerolíneas con las que tenga suscritos acuerdos interlinea.

Cuando VIVA lleve a cabo la expedición de un Tiquete (Pasaje), registro de equipaje, o haga cualquier otro tipo de arreglo para vender vuelos de otra aerolínea, sólo actuará como agente para la otra aerolínea, caso en el cual el Pasajero comprende y acepta expresamente que está contratando los servicios de una Aerolínea diferente a VIVA. En tales casos serán aplicables los contratos de transporte de las Aerolíneas a los servicios prestados por estas.

Si un Pasajero compra un tiquete (Pasaje) bajo la modalidad de interlínea, las políticas de equipaje, así como: el permitido gratuito y los cargos por exceso, aplicarán acorde a las condiciones del Transportista de Hecho. Los servicios adicionales y/o cambios que se adquieran bajo un tiquete (Pasaje) en la modalidad de interlínea, serán cobrados una única vez por origen-destino de acuerdo con el precio establecido por la aerolínea que lo vende, con excepción del servicio de asignación de asiento, el cual se cobrará por pasajero y por trayecto. Estas adiciones o cambios sólo podrán ser adquiridos a través del portal de la aerolínea que vendió el tiquete.

El servicio de transporte de mascota no estará habilitado en vuelos interlínea.


Para consultar el Contrato de transporte vigente hasta el 10 de enero de 2023 haga clic aquí.

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